Resolución 199/2020

Fecha de publicación01 Julio 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR


Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-40657831- -APN-DGD#MPYT, las Leyes Nros. 20.680 y sus modificatorias, 24.240 y 27.541, los Decretos Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 1080 de fecha 19 de junio de 2020 y la Resolución N° 100 de fecha 19 de marzo de 2020 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 20.680 y sus modificatorias, faculta a la Autoridad de Aplicación a establecer, entre otras cosas, márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios.

Que, asimismo, la citada ley faculta a la Autoridad de Aplicación a disponer la continuidad en la producción, industrialización, comercialización, transporte, distribución y fabricación de determinados productos, dentro de los niveles o cuotas mínimas que disponga la misma.

Que mediante el Artículo 10 de la Ley N° 20.680 y sus modificatorias, y sus artículos siguientes, se estableció el procedimiento para la verificación de las infracciones a dicha norma.

Que la Ley N° 24.240 ofrece el marco normativo tuitivo que enumera derechos reconocidos a las y los consumidores, a la vez que engloba las obligaciones de los proveedores.

Que el Artículo 43 de la ley citada en el considerando inmediato anterior, establece que la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, en su carácter de Autoridad de Aplicación, podrá recibir y dar curso a las inquietudes y denuncias de los consumidores o usuarios, así como también, podrá disponer la realización de inspecciones y pericias vinculadas con la aplicación de dicha ley.

Que el Artículo 45 de la Ley N° 24.240 establece el procedimiento que deberá seguir la Autoridad de Aplicación en caso de presuntas infracciones.

Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó, entre otros aspectos, la estructura organizativa de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo las competencias respectivas a cada jurisdicción, designando a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nros. 20.680 y sus modificatorias, y 24.240.

Que corresponde a la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES, dependiente de la citada Secretaría, asistir en la...

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