Resolución 191-E.

EmisorMinisterio de Turismo
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2017

MINISTERIO DE TURISMO

Resolución 191-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2017

VISTO el Expediente EX-2017-04187908-APN-DDYME#MTU, el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), las Decisiones Administrativas Nros. 128 de fecha 26 de febrero de 2016 y 191 de fecha 17 de marzo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa N° 128 de fecha 26 de febrero de 2016, modificada por su similar N° 191 de fecha 17 de marzo de 2017, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TURISMO de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos I y II forman parte integrante de esa medida.

Que el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° 191/17 facultó al titular de esta Cartera a aprobar las aperturas estructurales inferiores de la Jurisdicción.

Que, por tal motivo, resulta menester aprobar las aperturas inferiores del MINISTERIO DE TURISMO, con excepción de las correspondientes a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, con miras a la optimización de la gestión en función de las competencias establecidas para la Jurisdicción.

Que corresponde, asimismo, incorporar, homologar, ratificar y derogar diversas unidades pertenecientes a este Ministerio en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1.545 de fecha 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios y por el artículo 6º de la Decisión Administrativa Nº 191/17.

Por ello,

EL MINISTRO

DE TURISMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° Apruébase la estructura de nivel inferior al primer nivel operativo del MINISTERIO DE TURISMO, con excepción de las correspondientes a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que como Anexos I (IF-2017-04856484-APN-SSC#MTU) y II (IF-2017-04856524-APN-SSC#MTU) forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2° Apruébanse las Coordinaciones que se detallan, de conformidad con el listado y las Acciones que como Anexos III (IF-2017-04856715-APN-SSC#MTU) y IV (IF-2017-04856759-APN-SSC#MTU) forman parte integrante de esta resolución.
ARTÍCULO 3° Incorpóranse, homológanse, reasígnanse, ratifícanse y derógase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos correspondientes a esta Jurisdicción, de conformidad con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo (IF-2017-04856894-APN-SSC#MTU), que forman parte integrante de esta medida.
ARTÍCULO 4°

Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles y grados de revista previstos en el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 5° El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes de la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 6° Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- José Gustavo Santos.

ANEXO I

IF-2017-04856484-APN-SSC#MTU

ANEXO II

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

ACCIONES:

  1. Formular el proyecto de presupuesto del organismo y realizar los ajustes correspondientes.

  2. Atender las actividades inherentes a la preparación, coordinación, distribución, ejecución, información y control del movimiento presupuestario y financiero.

  3. Realizar el control de los aspectos legales y reglamentarios de la ejecución presupuestaria y financiera.

  4. Atender el análisis de las cuentas de responsables y la formulación de la rendición universal de cuentas.

  5. Atender las operaciones de movimiento y custodia de fondos y valores, garantías y seguros y toda otra documentación calificada que se le encomiende, como así también en la información y rendición de los movimientos de Tesorería.

  6. Efectuar la recaudación de recursos financieros y controlar el depósito, movimiento y extracción de fondos.

    SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

    DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

    DIRECCIÓN DE COMPRAS, PATRIMONIO Y SUMINISTROS

    ACCIONES:

  7. Intervenir en los procesos relacionados con los requerimientos de adquisición de bienes y servicios de acuerdo con la normativa vigente.

  8. Realizar la gestión de las tramitaciones relacionadas con los actos licitatorios de acuerdo con la normativa vigente en la materia, realizando la emisión, control y seguimiento de las órdenes de compra.

  9. Registrar, administrar y controlar los bienes patrimoniales del organismo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y a las normas e instrucciones que al respecto dicte la Contaduría General de la Nación.

  10. Dirigir las acciones que hacen a la prestación de los servicios generales, de mantenimiento, intendencia, seguridad, movilidad, recepción, sistemas de comunicación y sala reproductora de documentación, como así también en el suministro de bienes de consumo.

  11. Atender las actividades vinculadas a patentes, seguros, títulos y legajos de los vehículos y licencia de choferes.

  12. Entender en el contralor de las actividades relacionadas con el cumplimiento de la Ley Nº 24.557 y sus modificatorias en cuanto a la prevención de riesgos y cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad en el trabajo en el ámbito ocupacional.

    SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

    DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

    DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

    ACCIONES:

  13. Realizar la recepción, registro, tramitación y comunicación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones y Disposiciones, así como de toda la documentación destinada al señor Ministro.

  14. Entender en el control de los mencionados proyectos desde el punto de vista formal y formular las observaciones que pudieren corresponder.

  15. Llevar el registro de las actas, acuerdos, cartas de intención, protocolos y convenios firmados por el Ministro, Secretarios y Subsecretarios del área, archivando un ejemplar original.

  16. Realizar el giro de la documentación a las distintas unidades conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.

  17. Promover la tramitación y realizar el seguimiento de los asuntos cuya atención y vigilancia le fueren expresamente encomendadas por la Superioridad.

  18. Brindar información a los que acrediten condición de parte acerca del estado de tramitación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones del señor Ministro, Secretario y Disposiciones de los señores Subsecretarios otorgando vista.

  19. Notificar, de acuerdo con las instrucciones que se reciban y cuando corresponda, los Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones, Disposiciones y Dictámenes originados en el organismo, dentro de los plazos vigentes.

  20. Efectuar el despacho de correspondencia y telegramas que gire el organismo.

  21. Ejercer la administración y control del archivo de expedientes del MINISTERIO DE TURISMO.

    SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

    DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS

    DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS

    ACCIONES:

  22. Representar judicialmente al MINISTERIO DE TURISMO y ejercer el patrocinio letrado en los juicios en que éste sea parte y en aquellas otras causas judiciales en que fuera requerida su intervención en virtud de norma legal, reglamentaria o de acto emanado de autoridad competente al efecto, bajo la supervisión directa del Subdirector General de Asuntos Jurídicos.

  23. Ejercer el control y seguimiento de las causas judiciales a su cargo y elaborar los informes periódicos pertinentes, incluyendo los dirigidos a la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN y a la Unidad de Auditoría Interna del organismo, bajo la supervisión directa del Subdirector General de Asuntos Jurídicos.

  24. Mantener actualizada la información y cursar las comunicaciones previstas legal y/o reglamentariamente respecto de la previsión...

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