Resolución 45/05 de 19 de Octubre de 2005

La Plata, 19 de octubre de 2005.

VISTO: El Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales Decreto 878/03, reglamentado a partir del Decreto 3289/04, el presente Expediente 2430- 794/05, y,

CONSIDERANDO:

Que este Organismo de Control del Agua tiene por objeto ejercer el poder de policía sobre los servicios sanitarios, controlando el fiel cumplimiento del Marco Regulatorio y sus anexos y del contrato de concesión, asegurando la calidad de los servicios y la protección de los intereses de la comunidad, el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas vigentes, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;

Que conforme surge del propio Marco Regulatorio, los Municipios de la Provincia de Buenos Aires que actualmente tengan bajo su jurisdicción la prestación de los servicios públicos sanitarios ejercerán las facultades propias del Poder Concedente, debiendo ir adecuando la prestación de los servicios a las mismas condiciones de calidad, continuidad, regularidad y razonabilidad tarifaría que las indicadas en el Decreto 878/03 y su reglamentación por Decreto 3.289/04, en lo que resulte de aplicación;

Que entre las atribuciones de este Organismo se encuentra la de asistir técnicamente respecto de la prestación de los servicios sanitarios a cargo de las Municipalidades o Concesionarios Municipales;

Que para asistir a los mismos este O.C.A.B.A. deberá inspeccionar, tomar muestras y analizar la calidad del agua potable y los desagües cloacales con la periodicidad fijada en el convenio, pudiendo indicar las medidas de remediación posibles para el caso de observar apartamientos o alteraciones respecto de las normas vigentes;

Que atento ello y dada la especialidad de este Ente, el Municipio de San Nicolás de los Arroyos solicitó la asistencia de este Organismo, razón por la que se firmó, en virtud de las competencias expresamente atribuidas, el Convenio de Asistencia Técnica suscripto por el Director Presidente de este Organismo de Control del Agua con el Municipio citado con fecha Cuatro (4) de Agosto del corriente Año;

Que habiendo intervenido la Asesoría General de Gobierno a Fs. 11 ha estimado que " ... Analizado el convenio y Anexos proyectados, esta Asesoría General de Gobierno no tiene - en general - observaciones que formular, motivo por el cual es de opinión que ... puede proceder a la suscripción y aprobación de...

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