Resolución 1892/2022

Fecha de publicación12 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2022

VISTO la Resolución Ministerial N° 231 de fecha 07 de febrero de 2018 que establece el PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LA INTERVENCIÓN DE DIPLOMAS, CERTIFICADOS ANALÍTICOS Y DEMÁS CERTIFICADOS UNIVERSITARIOS y el EX-2022-42858716- -APN-DNGU#ME, y

CONSIDERANDO:

Que el reconocimiento oficial y la consecuente validez nacional de los títulos que expiden las instituciones universitarias son otorgadas por este Ministerio conforme a lo establecido por la Ley N° 24.521.

Que las instituciones universitarias presentan ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA (DNGU) los diplomas y certificados analíticos finales de estudios emitidos por ellas para la intervención de estos.

Que la Resolución Ministerial N° 2385 de fecha 9 de setiembre de 2015 establece el RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN DE CARRERAS, OTORGAMIENTO DE TÍTULOS Y EXPEDICIÓN DE DIPLOMAS POR PARTE DE LAS INSITITUCIONES UNIVERSITARIAS PERTENECIENTES AL SISTEMA UNIVERSITARIO NACIONAL.

Que la Resolución Ministerial N° 3723 del 5 de octubre de 2017, crea el REGISTRO PÚBLICO DE GRADUADOS UNIVERSITARIOS que se nutre de los trámites realizados mediante el sistema SICER y SIDCER.

Que la Resolución Ministerial N° 2405 de fecha 12 de mayo de 2017 propuso la emisión de un Suplemento al título contenido en el Certificado Analítico, que recogiera información adicional al título en cuestión.

Que la Resolución Ministerial N° 4390-E del 21 de noviembre de 2017 aprobó la reglamentación para la intervención de Certificados de Trayectos de Formación Profesional/Talleres de Oficios, emitidos por las instituciones universitarias pertenecientes al Sistema Universitario Nacional.

Que, por su parte, la Resolución Ministerial N° 231 de fecha 07 de febrero de 2018 que establece el PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LA INTERVENCIÓN DE DIPLOMAS, CERTIFICADOS ANALÍTICOS Y DEMÁS CERTIFICADOS UNIVERSITARIOS -SIDCER-, ocasiona confusión en los procedimientos conducentes a la intervención de diplomas y certificados analíticos.

Que, además, actualmente coexisten DOS (2) sistemas informáticos para certificar documentación emitida por las instituciones Universitarias –SIDCER y SICER– según se trate de certificados analíticos y títulos y otra documentación académica.

Que disponer de una base única permitirá acumular las intervenciones realizadas sobre la documentación universitaria de los ciudadanos generando un historial de trámites realizados por ante el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN.

Que es necesario dar el...

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