Resolución 188.

Fecha de disposición17 Agosto 2016
Fecha de publicación17 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 188/2016

Buenos Aires, 11/08/2016

VISTO las Leyes Nros. 22.351 y 25.675 y el Expediente Nº 4643/2016, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley Nº 22.351 se establece que distintas áreas del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA puedan convertirse en Parques, Monumentos o Reservas Nacionales en razón de sus extraordinarias bellezas o riquezas en flora y fauna autóctona o de un interés científico determinado, para ser protegidas y conservadas, para educación y goce de las presentes y futuras generaciones, entre otras finalidades.

Que por otra parte, la Ley General del Ambiente N° 25.675 establece en su Artículo 2º que como política ambiental nacional se deberá promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria, como también fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión, promoviendo cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable, a través de una educación ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal.

Que asimismo, la mencionada Ley sostiene que la "Educación ambiental constituye el instrumento básico para generar en los ciudadanos, valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado, que propendan a la preservación de los recursos naturales y su utilización sostenible, mejorando la calidad de vida de la población". Por otra parte dicha norma señala: "(...) la educación ambiental constituirá un proceso continuo y permanente, sometido a constante actualización que, como resultado de la orientación y articulación de las diversas disciplinas y experiencias educativas, deberá facilitar la percepción integral del ambiente y el desarrollo de una conciencia ambiental (...)".

Que debe destacarse además que dicho régimen legal impone la implementación "(...) de planes y programas en los sistemas de educación formal y no formal", e insta a incorporar "contenidos básicos determinados" y a instrumentar "(...) los respectivos programas o currículos a través de las normas pertinentes (...)".

Que en otro orden de ideas, cabe manifestar que en el sistema educativo argentino, la problemática ambiental es incorporada a la currícula del cuarto grado del nivel primario en las escuelas de todo el país.

Que una parte esencial de la tarea a ejecutar por la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES consiste en estimular el...

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