Resolución 1865/2022

Fecha de publicación03 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-112160869- -APN-DGD#MC, el Convenio Colectivo Sectorial del personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales, homologado por el Decreto Nº 669 de fecha 30 de septiembre de 2022, la Resolución Nº 1779 de fecha 20 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 669/22 (DCTO-2022-669-APN-PTE), se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales dependientes del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

Que el Convenio mencionado establece, en el Título XIII, las pautas para la formalización reencasillamiento del personal artístico que, revista bajo el régimen de carrera, con efecto al 1º de julio de 2022.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Acuerdo, mediante la Resolución M.C. Nº 1779/22 (RESOL-2022-1779-APN-MC), se dio inicio al procedimiento de reencasillamiento aludido y se estableció el circuito administrativo correspondiente para su instrumentación, el cual ha sido observado en las presentes actuaciones.

Que para el reencasillamiento del personal artístico permanente, cuya nómina se detalla en el ANEXO I (IF-2022-116542193-APN-DGRRHH#MC) que forma parte integrante de la presente medida, se han tenido en cuenta los criterios para la equiparación fijados en el artículo 92 y Anexo I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales, según los Roles que se determinan por Agrupamiento y Función, para cada uno de los Organismos Artísticos.

Que para la asignación del grado escalafonario, se ha reconocido el grado pertinente en el cual revistaba cada agente al momento de la homologación del Convenio, de acuerdo a lo reglado por el artículo 91 del Acuerdo.

Que,,por otro lado, corresponde readecuar la situación escalafonaria correspondiente al personal no permanente, contratado y/o designado bajo las modalidades establecidas en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, conforme se consigna en el ANEXO II (IF-2022-112548349-APN-DGRRHH#MC) que forma parte integrante de la presente medida, el cual fue equiparado a los Roles, Grados y Función según el Agrupamiento correspondientes de conformidad con lo previsto en los artículos 59 y 87 del Convenio en cita.

Que en tal sentido, oportunamente, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, deberán efectuarse los trámites administrativos necesarios para adecuar formalmente las designaciones y/o...

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