Resolución 1860/2019

Fecha de publicación29 Abril 2020
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorSECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2019

VISTO el EX-2019-67016064- -APN-DGDMT#MPYT, del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 3 a 5 del IF-2018-43036062-APN-DGD# MT del Ex 2018-43029666 - APN - DGD#MT que tramita conjuntamente con el principal, obra Acuerdo y en página 3 del IF – 2018- 44040588-APN-DGD # MT del Ex 2018- 44036520- APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el principal, la escala salarial que lo integra, celebrado entre la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURÍFEROS (SUPeH) por la parte gremial y la CÁMARA DE EMPRESAS PETRO ENERGÉTICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CEPERA) por el sector empresario, en el marco de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en páginas 3 a 4 del IF-2019-12484298-APN-DGDMT#MPYT del Ex-2018- 50177635- APN- DGDMT#MPYT que tramita conjuntamente con el Principal, obra el Acuerdo suscripto con fecha 02 de Octubre de 2018, celebrado por idénticas partes, en el marco de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en página 3 del IF-2018-58958495-APN-DGDMT#MPYT del Ex 2018-58917794- APN- DGDMT#MPYT que tramita conjuntamente con el Principal, obra el Acuerdo suscripto con fecha 13 de Noviembre de 2018, celebrado por las mismas partes, en el marco de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en páginas 3 a 4 del IF-2019-17272313-APN-DGDMT#MPYT del Ex 2019- 16882377- APN-DGDMT#MPYT que tramita conjuntamente con el principal, obra otro Acuerdo celebrado entre idénticas partes, en el marco de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en páginas 3 a 4 del IF-2019-52949583-APN-DGDMT#MPYT del Ex 2019- 52805042- APN- DGDMT#MPYT que tramita conjuntamente con el principal, obra otro Acuerdo celebrado por idénticas partes, en el marco de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de los acuerdos referidos, las partes pactan condiciones salariales, conforme surge de los términos y condiciones obrantes en los textos a los cuales se remite.

Qué asimismo, en las páginas 5 a 118 del IF-2019-17331871-APN-DGDMT # MPYT del Ex 2019- 16828654- APN-DGDMT # MPYT que tramita conjuntamente con el principal, obra el Convenio Colectivo de Trabajo, celebrado entre la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURÍFEROS (SUPeH) por la parte gremial y la CÁMARA DE EMPRESAS PETRO ENERGÉTICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CEPERA) por el sector empresario, en el marco de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe destacar que los acuerdos y el convenio colectivo...

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