Resolución 183/2019

Fecha de publicación21 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2019

VISTO el Expediente EX-2019-39554815-APN-DACYGD#AABE y su asociado EX-2018-64301571-APN-DMEYD#AABE, la Ley de Contratos de Participación Público-Privada N° 27.328, su Decreto Reglamentario N° 118 de fecha 17 de febrero de 2017, el Decreto Nº 936 de fecha 14 de noviembre de 2017 y el Decreto N° 944 de fecha 17 de noviembre 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.328 se estableció el régimen relativo a los contratos de participación público privada, definiendo a los mismos en su Artículo 1° como aquellos celebrados entre los órganos y entes que integran el Sector Público Nacional, con el alcance previsto en el Artículo 8º de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias (en carácter de contratante), y sujetos privados o públicos en los términos que se establece en dicha ley (en carácter de contratistas), con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.

Que el Artículo 14 de la mencionada Ley determinó que cuando la complejidad o monto del proyecto lo justifiquen podría establecerse un procedimiento de consulta, debate e intercambio de opiniones entre la contratante y los interesados precalificados que, basado en las experiencias, conocimientos técnicos y mejores prácticas disponibles por cada una de las partes, permita desarrollar y definir la solución más conveniente al interés público sobre cuya base habrán de formularse ofertas.

Que dicho procedimiento debe garantizar en todo momento el respeto de los principios de igualdad, transparencia, concurrencia, publicidad, difusión, competencia efectiva, informalidad y gratuidad y promover, la participación directa e indirecta de las Pequeñas y Medianas Empresas y el fomento de la industria y el trabajo nacional.

Que la citada Ley fue reglamentada mediante el Decreto Nº 118 de fecha 17 de febrero de 2017, modificado por el Decreto Nº 936 de fecha 14 de noviembre de 2017, disponiendo en el Artículo 14 de su ANEXO I que la UNIDAD DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA deberá elaborar una propuesta de reglamentación del Procedimiento Transparente de Consulta para su presentación ante el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el Decreto N° 944 de fecha 17 de noviembre de 2017 aprobó la Reglamentación del Procedimiento Transparente de Consulta previsto en el Artículo 14 de la Ley Nº 27.328.

Que el Decreto N° 1.119 del 11 de diciembre de 2018 asigna a la SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA, dentro del ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las funciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR