Resolución 182/2021

Fecha de publicación23 Noviembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2021

VISTO el Expediente EX-2020-57623383- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Nº 540 de fecha 5 de diciembre de 2019 (RESFC-2019-540-APN-AABE#JGM), el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.) y la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO en fecha 20 de marzo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la ASOCIACIÓN CIVIL TIERRA, TECHO Y TRABAJO, tendiente a obtener un permiso de uso precario y gratuito sobre un sector del inmueble de propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado sobre la Avenida Jorge Newbery N°4870, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, identificado catastralmente en su mayor extensión como Circunscripción: 15 - Sección: 47 - Manzana: 42A - Parcelas: 11, 12 y 13, CIE 0200011376/92, con una superficie aproximada de MIL OCHO METROS CUADRADOS (1.008 m2), según se detalla en el PLANO-2021-00811361-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la solicitud mencionada precedentemente, tiene por objeto formalizar las condiciones de uso actual y permitir la continuidad de las actividades del Club Social, Deportivo y Cultural que dicha Asociación Civil instaló hace veinticinco (25) años en el sector del inmueble mencionado y que tienen como fin recrear un marco de contención para la comunidad, a través del desarrollo de disciplinas deportivas, actividades culturales y la instrumentación de acciones sociales y solidarias.

Que la citada Asociación ha sido autorizada para funcionar como persona jurídica en el marco de la Resolución de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA N° 507 de fecha 1º de julio de 1997 y según surge de su Estatuto es una entidad sin fines de lucro que tiene por objeto ponerse al servicio de la gente en sentido social y organizar a la comunidad de acuerdo con las necesidades de la misma, a partir de actividades en Centros de Jubilados, cooperación con el Centro de Salud barrial, asesoramiento jurídico y ayuda alimentaria a los más necesitados, préstamo de su campo recreativo para que los niños de las escuelas de la zona realicen prácticas de gimnasia, festejo del día de Reyes y del niño, cooperación con las instituciones del barrio, entre otras acciones.

Que a su vez, dicha entidad se encuentra inscripta en el REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE ACCIÓN COMUNITARIA (ROAC) del Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES bajo el Legajo Nº 860 y en el REGISTRO ÚNICO DE...

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