Resolución 181/2020

Fecha de publicación19 Noviembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS


Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-65998513- -APN-DGAYO#INDEC, la Ley N° 17.622 y sus modificaciones y el Decreto N° 3110 del 30 de diciembre de 1970 y sus modificatorios, el Decreto 378 del 27 de abril de 2005, la Disposición N° 777 del 15 de diciembre de 2010 de este Instituto, la Disposición N° 1 del 19 de febrero de 2015 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, normas complementarias y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Plan de Modernización de la Administración Pública Nacional, mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 669/2004 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se estableció que los organismos del Sector Público Nacional comprendidos en el artículo 7° de la citada medida (aquellos de los incisos a y c del artículo 8° de la Ley N° 24.156) debían dictar o bien adecuar sus políticas de seguridad de la información en el plazo allí estipulado.

Que por Resolución N° 45/2005 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se facultó al DIRECTOR NACIONAL de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI) a aprobar la “Política de Seguridad de la Información Modelo” y dictar las normas aclaratorias y complementarias que requiriera la aplicación de la citada Decisión Administrativa N° 669/2004.

Que la Disposición ONTI N° 6/2005 en su artículo 1° aprobó la “Política de Seguridad de la Información Modelo” como base para la elaboración de las respectivas políticas a dictarse por cada organismo alcanzado.

Que, a su vez, la Disposición ONTI N° 3/2013 aprobó la “Política de Seguridad de la Información Modelo” que reemplazó y actualizó, a los mismos fines, a la que fuera aprobada por Disposición ONTI N° 6/2005.

Que posteriormente dicha Política Modelo fue nuevamente actualizada atento al incremento en cantidad y variedad de amenazas y vulnerabilidades que rodean a los activos de información a fin de mantener su vigencia y nivel de eficacia.

Que ello se concretó mediante la Disposición N° 1/2015 de la ONTI, en la cual se sostuvo que “la mera elaboración por parte de los organismos de políticas de seguridad no es suficiente para garantizar la seguridad de la información, la que permite a su vez, garantizar la prestación continua e ininterrumpida de los diversos servicios públicos prestados por dichos organismos” y que “sólo a través de la efectiva implementación de las medidas...

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