Resolución 181/2015
Fecha de disposición | 27 Agosto 2015 |
Fecha de publicación | 02 Septiembre 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33205 |
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Asunto: Habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle barcazas Puerto “Terminal Portuaria Del Guazú”. División Aduana de Gualeguaychú.
Bs. As., 27/08/2015
VISTO la Actuación SIGEA N° 12492-631-2014 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) solicita la habilitación de una zona operativa aduanera en el nuevo muelle de barcazas del puerto “Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Gualeguaychú.
Que mediante Nota D.N.P. N° 171/15 del 29 de junio de 2015, la Dirección Nacional de Puertos, dependiente de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, informa que mediante expediente N° EXP-S01:0137050/2015 tramita el pedido presentado por la firma DEL GUAZÚ S.A. para que se amplíe la solicitud de habilitación de la “Terminal Portuaria Del Guazú” a la nueva dársena de barcazas. Sobre el particular, señala que “...habiéndose cumplido con la totalidad de los requisitos en orden a proceder en forma definitiva a la habilitación requerida, acto para el cual la competencia está atribuida al Poder Ejecutivo Nacional (Art. 5° de la Ley 24.093), el citado expediente actualmente se encuentra en la órbita de esta Dirección Nacional de Puertos a fin de elaborar el informe final y el correspondiente proyecto de Decreto”.
Que en función de los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta el 30 de noviembre, inclusive.
Que han tomado la intervención que le compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
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