Resolución 180/2023

Fecha de publicación03 Febrero 2023
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2023

VISTO el EX-2022-120981614- -APN-SGE#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 1225 de fecha 31 de agosto de 2010, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020 y N° 183 de fecha 12 de abril de 2022, y las Resoluciones INCAA N° 170 de fecha 17 de enero de 2013, N° 3785 de fecha 2 de diciembre de 2013 y sus modificatorias, N° 1590 de fecha 10 de julio de 2014 y N° 1496-E de fecha 16 de noviembre de 2022, y;

CONSIDERANDO:

Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República.

Que el artículo 3º de la Ley 17.741 (t.o. 2001) establece las facultades para ejecutar medidas de fomento tendientes a desarrollar y fomentar la cinematografía nacional.

Que el inciso a) del artículo 21º de la Ley establece que el Fondo de Fomento Cinematográfico se integrara con un impuesto equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) aplicable sobre el precio básico de toda localidad o boleto entregado gratuita u onerosamente para presenciar espectáculos cinematográficos en todo el país, cualquiera sea el ámbito donde se realicen.

Que con el Fondo de Fomento Cinematográfico se fomenta la actividad audiovisual de acuerdo con las funciones y atribuciones que la Ley asigna al Instituto.

Que la Resolución INCAA N° 3785/2013 y modificatorias determina que el BOLETO OFICIAL CINEMATOGRÁFICO (BOC) es el único medio de ingreso que debe expenderse a título oneroso o gratuito en salas de exhibición audiovisual y/o espacios de exhibición audiovisual.

Que la citada Resolución establece que en el caso del otorgamiento de vales, pases o cualquier comprobante correspondiente a una entrada sin cargo, deberá entregarse al espectador una entrada del tipo de las que sólo abonan el impuesto, denominados “pases” o entrada “Z”.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en su carácter de exhibidor (Código 600338) ha adquirido mediante Resolución INCAA N° 170/2013 al complejo denominado Cine Gaumont (Código C0033801), sito en la Avenida Rivadavia 1635 de la Ciudad Autónoma de...

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