Resolución 18/2020

Fecha de publicación04 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR


Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2020

VISTO el EX-2020-00491246-AFIP-DVECHI#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma “Asociación de Cooperativas Argentinas Cooperativa Limitada” (CUIT Nº 30-50012088-2) solicita la habilitación de una zona operativa aduanera en el muelle “ACA TIMBUES”, ubicado a la altura del km 461,200 del Río Paraná, sobre la margen derecha, localidad de TIMBÚES, Departamento de SAN LORENZO, Provincia de SANTA FE, en jurisdicción del Departamento Aduana de SAN LORENZO.

Que obra en la actuación la NO-2020-40153797-APN-DCDYH#MTR de fecha 23 de junio de 2020, emitida por la Dirección de Control Documental y Habilitaciones, a través de la cual se informa que la firma antes mencionada tramitó la declaratoria de obra otorgada por DI-2019-23-APN-DNCPYVN#MTR de fecha 24 de mayo de 2019, para la construcción del citado muelle a ser destinado para la carga de granos y subproductos a granel, habiendo obtenido Certificación Técnica por finalización de Obra mediante el IF-2020-39819518-APNDNCPYVN#MTR de fecha 22 de junio de 2020. Asimismo refiere que mediante expediente Nº EX-2019-112084133-APN SSPVNYMM#MTR tramita la habilitación de la terminal portuaria en trato, denominada “Puerto ACA Timbúes”.

Que mediante NO-2020-48939598-APN-SSPVNYMM#MTR de fecha 28 de julio 2020, la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante del Ministerio de Transporte, informa, en respuesta al requerimiento efectuado por nota NO-2020-00351796-AFIP-DESURG#SDGOAI de fecha 18 de junio de 2020 que “ …en virtud de lo informado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES mediante el NO-2020-48788471-APN-DNCPYVN#MTR, cuya copia se adjunta, se comunica que esta Subsecretaría no cuenta con objeciones para que se proceda a dar de alta la zona operativa aduanera del citado puerto, habiéndose dado cumplimiento con la totalidad de los requisitos en orden a proceder en forma definitiva a la habilitación del muelle en trato por parte del Poder Ejecutivo Nacional.…”

Que en atención a lo expuesto y teniendo en cuenta que el requerimiento que motiva el presente es avalado por el Departamento Aduana de SAN LORENZO y por la Dirección...

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