Resolución 1781/2022

Fecha de publicación31 Octubre 2022
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO


Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-90386249- -APN-CRRHHO#INT, la Ley Nacional del Teatro N° 24.800, el Decreto Reglamentario N° 991 de fecha 24 de septiembre de 1997, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece el régimen de la Bonificación por Desempeño Destacado.

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la aprobación del listado de agentes de la planta del personal permanente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante bajo la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado, correspondiente a las funciones simples del período 2021, conforme a lo establecido por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su conformidad según consta en el Acta de fecha 30 de agosto de 2022 obrante a orden 18.

Que en la misma se propone al personal de la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO perteneciente al escalafón SINEP, que se consigna en el Anexo I para percibir dicha Bonificación, de conformidad con lo dispuesto por el tercer párrafo del Artículo 1° del Régimen aprobado por el citado Anexo II de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98/2009 y sus modificatorias, siguiendo un estricto orden de mérito de acuerdo a las pautas establecidas en el Título VI - DE LA ASIGNACIÓN DE BONIFICACIONES del Anexo I a la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 21 de fecha 17 de septiembre de 1993 y sus modificatorias.

Que se ha dado...

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