Resolución 1723/2021

Fecha de publicación28 Diciembre 2021
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2021

VISTO el EX-2020-86270748- -APN-DGD#MT del registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1759/72, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la RESOL-2021-253-APN-ST#MT, de fecha 25 de marzo de 2021, se declaró homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL TECNICO AERONAUTICO (APTA) por la parte sindical, y la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, obrante en el IF-2020-86273896-APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que advirtiéndose que se ha cometido un error involuntario en los artículos QUINTO y SEXTO de dicha Resolución, consignándose una numeración no correlativa en su articulado, corresponde proceder a rectificar dicho acto administrativo

Que como corolario de lo expuesto, en lugar del “ARTÍCULO 5º “debió consignarse: “...ARTÍCULO 4º..

Que asimismo en lugar del “ARTÍCULO 6º “debió consignarse: “..ARTÍCULO 5º.

Que con el objeto de subsanar dicho error involuntario y a fin de evitar futuras confusiones, corresponde proceder a emitir el presente acto administrativo rectificatorio.

Que a los fines expuestos se pone de relieve que las enmiendas a efectuarse no alteran en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.

Que la rectificatoria de errores materiales resulta viable, conforme a las prescripciones del artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, en los términos del cual se dicta el presente.

Que la Asesoría Técnico-Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones surgen de las...

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