Resolución 170/2021

Fecha de publicación05 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE


Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2021

VISTO el EX-2020-30742829-APN-DAJ#INCUCAI, las disposiciones de la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, su Decreto Reglamentario N° 16/2019 y la Resolución INCUCAI Nº 98 del 8 de mayo de 2020; y

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 27.447 tiene por objeto regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano, en todo el territorio de la República Argentina, incluyendo la investigación, promoción donación, extracción, preparación, distribución, el trasplante y su seguimiento.

Que el Decreto N° 16/2019 instituye al INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) como autoridad de aplicación de la citada ley, y en dicho marco lo faculta a fijar los costos vinculados al proceso de procuración de órganos, tejidos y células, a efectos de su facturación y cobro ante las entidades nacionales y/o provinciales encargadas de la cobertura social o sanitaria del receptor.

Que en atención a tales facultades, a través de la Resolución INCUCAI N° 98/2020 se aprobaron los costos para la facturación de los procesos de procuración de órganos y tejidos provenientes de donantes cadavéricos, con fines de implante.

Que desde la implementación de la citada Resolución se produjeron variaciones en los costos que afectan la actividad, motivo por el cual la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES del INCUCAI, conjuntamente con la DIRECCÍON MÉDICA, han efectuado un análisis de los mismos, y presentado una propuesta de actualización con la finalidad de mantener la sustentabilidad de los procesos de procuración.

Que la presente resolución ha contado con el asesoramiento de la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTE (COFETRA) previsto en el artículo 61 de la Ley N° 27.447, reunida el día 24 de junio de 2021.

Que la DIRECCIÓN MÉDICA, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio, en su sesión del día 2 de julio de 2021, conforme surge del texto del Acta N° 25.

Que se actúa en uso de las competencias conferidas por el artículo 28 de la Ley Nº 27.447 y del Anexo I de su reglamentación, aprobada por Decreto Nº 16/2019.

Por ello;

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los “COSTOS PARA LA FACTURACIÓN DE LOS PROCESOS DE PROCURACIÓN DE ÓRGANOS Y CÓRNEAS...

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