Resolución 17/2019
Fecha de publicación | 30 Agosto 2019 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA |
Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-66239937- -APN-DGDMA#MPYT del Registro de la ex- SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, el Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY de las negociaciones de acceso a los mercados sobre agricultura entre los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y la REPÚBLICA ARGENTINA, firmado en la Ciudad de Ginebra (CONFEDERACIÓN SUIZA) con fecha 24 de agosto de 1994 en el marco del ACUERDO GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO (GATT), la Resolución Nº RESOL-2018-12-APN-SECMA#MA de fecha 4 de mayo de 2018 de la ex- SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO
Que en virtud del Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY de fecha 24 de agosto de 1994, los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA asignaron a la REPÚBLICA ARGENTINA una cuota anual con preferencia arancelaria de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t) de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado”.
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2018-12-APN-SECMA#MA de fecha 4 de mayo de 2018 de la ex- SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se estableció el procedimiento para la inscripción de las firmas interesadas en participar de la distribución de la cuota de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t) asignada por los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a la REPÚBLICA ARGENTINA para la exportación de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado”.
Que a través del Decreto Nº 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016 se aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como medio de interacción entre el ciudadano y la Administración Pública.
Que por medio del Decreto Nº 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, se aprobaron las “Buenas Prácticas en Materia de Simplificación” aplicables para el funcionamiento del Sector Público Nacional, el dictado de la normativa y sus regulaciones.
Que el Artículo 1º de la citada Resolución Nº RESOL-2018-12-APN-SECMA#MA limitó la aplicación del procedimiento de inscripción establecido en dicha resolución al “periodo 2018/2019” cuando en realidad se trata de un procedimiento que será de aplicación durante los sucesivos años, en consecuencia resulta necesario modificar dicho...
VISTO el Expediente Nº EX-2019-66239937- -APN-DGDMA#MPYT del Registro de la ex- SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, el Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY de las negociaciones de acceso a los mercados sobre agricultura entre los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y la REPÚBLICA ARGENTINA, firmado en la Ciudad de Ginebra (CONFEDERACIÓN SUIZA) con fecha 24 de agosto de 1994 en el marco del ACUERDO GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO (GATT), la Resolución Nº RESOL-2018-12-APN-SECMA#MA de fecha 4 de mayo de 2018 de la ex- SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO
Que en virtud del Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY de fecha 24 de agosto de 1994, los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA asignaron a la REPÚBLICA ARGENTINA una cuota anual con preferencia arancelaria de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t) de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado”.
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2018-12-APN-SECMA#MA de fecha 4 de mayo de 2018 de la ex- SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se estableció el procedimiento para la inscripción de las firmas interesadas en participar de la distribución de la cuota de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t) asignada por los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a la REPÚBLICA ARGENTINA para la exportación de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado”.
Que a través del Decreto Nº 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016 se aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como medio de interacción entre el ciudadano y la Administración Pública.
Que por medio del Decreto Nº 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, se aprobaron las “Buenas Prácticas en Materia de Simplificación” aplicables para el funcionamiento del Sector Público Nacional, el dictado de la normativa y sus regulaciones.
Que el Artículo 1º de la citada Resolución Nº RESOL-2018-12-APN-SECMA#MA limitó la aplicación del procedimiento de inscripción establecido en dicha resolución al “periodo 2018/2019” cuando en realidad se trata de un procedimiento que será de aplicación durante los sucesivos años, en consecuencia resulta necesario modificar dicho...
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