Resolución 162.
Fecha de disposición | 25 Abril 2016 |
Fecha de publicación | 25 Abril 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución 162/2016
Bs. As., 19/04/2016
VISTO el Expediente N° 16156/2016 del Registro de esta Superintendencia de Servicios de Salud, las Leyes N° 23.660, 23.661 y el Decreto Reglamentario N° 576 de fecha 1 de Abril de 1993; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente del VISTO se describe el actual estado de situación de la ASOCIACION GUALEGUAYCHU DE OBRAS SOCIALES (R.N.O.S 6-0110-4).
Que en tal sentido el Sr. Rubén Elías FERNANDEZ (DNI N° 17.181.846) ex - tesorero de la ASOCIACION GUALEGUAYCHU DE OBRAS SOCIALES (R.N.O.S 6-0110-4) quien se presenta como Presidente Interino de la Entidad, extremo que no acredita, informa la imposibilidad de poder continuar con las prestaciones médicas, atento la compleja y difícil situación económica, financiera y laboral por la que atraviesa el Sanatorio.
Que asimismo agrega que tienen innumerables embargos judiciales por parte del personal que se le adeudan salarios, proveedores que no cobran insumos y la paralización total del sanatorio por falta de médicos.
Que a fs. 7/8 del Expediente del VISTO luce agregada la Providencia N° 34675/16 del Departamento Control de la Gerencia de Control Económico - Financiero, a través de la cual informe que los últimos Estados Contables presentados por la Entidad corresponden al ejercicio cerrado al 31/12/2012, el último presupuesto de Gastos y Recursos al periodo 01/04/2013 al 31/03/2014 y el último Estado de Origen y Aplicación de Fondos al periodo 12/2012, motivo por el cual --ante dichos incumplimientos-- han iniciado diversos Expedientes, para que se sustancien Sumarios Administrativos a la ASOCIACION GUALEGUAYCHU DE OBRAS SOCIALES (R.N.O.S 6-0110-4).
Que asimismo obra incorporado en el Expediente del VISTO, el último Informe de Auditoría que fuera realizado en el marco de la Auditoría Contable llevada a cabo en la Entidad (Orden de Auditoría N° 139/2014) cuyas observaciones nunca fueron respondidas por el Agente de Salud.
Que resulta importante mencionar que la ASOCIACION GUALEGUAYCHU DE OBRAS SOCIALES (R.N.O.S 6-0110-4) al presente no cuenta con Autoridades reconocidas por el Organismo y que al ser un Sanatorio, no tiene población beneficiaria y por ende no recauda aportes y contribuciones, siendo que sus ingresos provienen de la facturación de prestaciones médicas a otras Obras Sociales y a pacientes en particular.
Que las circunstancias expuestas en los Considerandos que anteceden, evidencian el incumplimiento del objeto...
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