Resolución 158/2019

Fecha de publicación14 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
undefinedCiudad de Buenos Aires, 06/05/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; el trámite de solicitud de Permiso Individual de la LICENCIADA Carolina Mabel RÍOS; lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS en el Expediente 07667-IN, Actuación 01/18, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que la LICENCIADA Carolina Mabel RÍOS presentó una solicitud de Permiso Individual para el propósito 3.1.3: “Técnico en Medicina Nuclear”.

Que la tramitación de Permisos Individuales para Técnico en Medicina Nuclear requiere la realización de una práctica durante cuatrocientas (400) horas como mínimo distribuidas en un lapso no menor de veinte (20) semanas en Instalaciones de Medicina Nuclear con Licencia de Operación vigente para los propósitos “Uso de Fuentes Radiactivas no Selladas en Estudios Diagnósticos” y “Uso de Fuentes Radiactivas no Selladas en Instalaciones PET”.

Que el Consejo Asesor, en el Acta N° 7/18, del 30 de agosto de...

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