Resolución 1547/2021

Fecha de publicación21 Octubre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-87844127- -APN-DGD#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Ley N° 25.675 (Ley General del Ambiente), la Ley N° 27.520 (Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global), Ley N° 27.592 (Ley Yolanda), y

CONSIDERANDO:

Que “Cambio climático” es el nombre dado por la comunidad científica al incremento gradual de la temperatura global desde la revolución industrial, cuyos efectos perjudiciales son reconocidos desde hace más de TRES (3) décadas y constituyen actualmente la amenaza más urgente que debe afrontar la humanidad.

Que estos efectos que están siendo percibidos en todos los puntos de la tierra y en todos los aspectos del desarrollo humano, los que se encuentran gravemente amenazados.

Que este proceso profundiza las desigualdades poniendo en riesgo la salud y la seguridad de toda la humanidad, y de manera especialmente acentuada, de las poblaciones más vulnerables.

Que la cultura ambiental y climática desempeñará un papel decisivo en el futuro del mundo, para lo cual resulta esencial contar con una sociedad proactiva que acompañe y acelere la transición hacia un desarrollo sostenible.

Que en este sentido resulta relevante brindar las herramientas necesarias para repensar este vínculo, y nuevas formas de relacionarnos como seres humanos en sociedad con el ambiente que habitamos. Las acciones de cultura para la acción ambiental constituyen un factor estratégico en un modelo de desarrollo sostenible y equitativo.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA adopta el cambio climático como política de Estado, comprendiendo la transversalidad de esta cuestión en los ámbitos social, económico y ambiental reconociendo la importancia y urgencia de su abordaje, para lo cual ha reafirmado sus compromisos ante la comunidad internacional y ha trazado una hoja de ruta hacia una transición justa, resiliente, sostenible, solidaria, inclusiva e innovadora.

Que de acuerdo con el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Ley N° 25.675 (Ley General del Ambiente) y la Ley N° 27.520 (Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global) y con su adhesión a tratados internacionales, como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) y el Acuerdo de París (UNFCCC), Argentina se compromete, de manera incondicional, a desarrollar e implementar planes y estrategias para la adaptación a los impactos...

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