Resolución 154/2015

Fecha de la disposición12 de Marzo de 2015



ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 154/2015Bs. As., 12/3/2015

VISTO, el Expediente N° ANC:0003374/2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, número original N° S01:0186354/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, mediante el cual la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) tiene la facultad de intervenir en la elaboración de proyectos normativos vinculados a la materia de su competencia, propiciando su revisión y actualización periódica de los reglamentos y procedimientos y sus modificatorias.

Que mediante el Decreto N° 1.840 de fecha 14 de noviembre de 2011 y la Resolución conjunta N° 785 y N° 334 de fecha 8 de mayo de 2012, firmada entre el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS Y EL MINISTERIO DE DEFENSA, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) tiene a su cargo la Planificación Estratégica y Regulatoria en materia de Navegación Aérea y ejerce las competencias relativas a la Definición de las PolÃticas de Navegación Aérea, la elaboración del Plan Nacional de Navegación Aérea y el dictado de las regulaciones y normas aplicables.

Que conforme la Resolución ANAC N° 155 del 15 de marzo de 2013 por la cual se aprueban las unidades de segundo y tercer nivel operativo que integran la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA de la ANAC, se dispone que la Dirección de Proyectos de Navegación Aérea, es responsable de establecer las polÃticas que fueren necesarias o útiles para el mayor desarrollo de las comunicaciones aeronáuticas y administrar el espectro de radiofrecuencias atribuido a los servicios aeronáuticos.

Que las normas y métodos recomendados por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), deben estar aprobadas y contenidas en manuales o documentos de aplicación nacional.

Que las normas y métodos recomendados por la OACI en materia de espectro radioeléctrico para los servicios aeronáuticos están contenidos en el Anexo 10 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional - Telecomunicaciones Aeronáuticas, Volumen V Utilización del espectro de radiofrecuencias aeronáuticas.

Que la DIRECCIÃN NACIONAL DE INSPECCIÃN DE NAVEGACIÃN AÃREA propuso la necesidad de elaborar el documento âNormas para la utilización del espectro...

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