Resolucion 152

Fecha de disposición18 Marzo 2008
Fecha de publicación18 Marzo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31368

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárense homologados el Acuerdo y su respectivo anexo, celebrado entre la UNION DE EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector gremial y la empresa CAMINOS DE AMERICA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, suscripto en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 297/97, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), glosados a fojas 68/69 y 89/90 del Expediente Nº 1.189.605/06.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, remítase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo y su anexo obrantes a fojas 68/69 y 89/90 del Expediente Nº 1.189.605/06.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia del cálculo de Base Promedio y Tope lndemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.189.605/06

Buenos Aires, 14 de febrero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 147/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 68/69 y 89/90 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 132/08. -VALERIA A. VALETTI, Registro Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO En la Nº 31.368 30Martes 18 de marzo de 2008

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes convienen el pago de una gratificación especial no remunerativa y por única vez, en dos cuotas iguales, en los meses de Febrero y Mayo de 2007.

Que corresponde indicar asimismo que las sumas acordadas en el presente acuerdo no serán tomadas como base para la futura discusión salarial.

Que corresponde indicar que los celebrantes del Acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite son los signatarios que suscribieron el Convenio Colectivo antes mencionado.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA...

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