Resolución 1509/2015

Fecha de disposición14 Septiembre 2015
Fecha de publicación18 Septiembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33217



MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1509/2015Bs. As., 14/09/2015

VISTO el Expediente N° 1-2002-9095-14-6 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 22.990, su Decreto Reglamentario 1338/04, las Resoluciones N° 70 de fecha 28 de febrero de 2002 y 797 de fecha 11 de julio de 2013 del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° de la Ley N° 22.990 establece en sus principios fundamentales que el MINISTERIO DE SALUD en su carácter de Autoridad de Aplicación y las Autoridades Jurisdiccionales, adoptarán las medidas que garanticen a los habitantes el acceso a la sangre humana, componentes y derivados en forma, calidad y cantidad suficiente.

Que el Decreto 1338/04 faculta al MINISTERIO DE SALUD en su carácter de Autoridad de Aplicación a dictar las normas complementarias, aclaratorias, administrativas y técnicas que resulten necesarias.

Que la Resolución N° 70 de fecha 28 de febrero de 2002 ha establecido como Organismo Rector General del SISTEMA NACIONAL DE SANGRE a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, con las responsabilidades y funciones establecidas en la Ley N° 22.990.

Que todas las provincias han firmado el Convenio de Adhesión al PLAN NACIONAL DE SANGRE, comprometiéndose a implementar programas provinciales siguiendo los lineamientos de seguridad sanguínea nacional.

Que el Decreto 1338/04 en su artículo 19°, establece que el Organismo Rector General cumplirá las funciones establecidas en el artículo 21° de la Ley N° 22.990, a través del PLAN NACIONAL DE SANGRE.

Que el artículo 21° inciso 1°, establece que la Autoridad de Aplicación, a través del Ente Rector General fijará las Normas Técnicas y Administrativas que reglamenten la habilitación, funcionamiento, control, inspección y supervisión de los Servicios de Hemoterapia, Bancos de Sangre y demás establecimientos comprendidos en este cuerpo legal.

Que por la Resolución N° 797 de fecha 11 de julio de 2013, se establecieron las Normas Técnicas y Administrativas de Hemoterapia y los Criterios vigentes para la Selección de Donantes de Sangre vigentes.

Que estos Criterios tienen la finalidad de unificar el proceso de calificación de los donantes de sangre y componentes, evitando discrepancia entre los servicios de hemoterapia, situación que genera confusión en los potenciales donantes y desalienta a los donantes habituales.

Que para tal fin se convocó a la Comisión constituida por el artículo 3° del Decreto 1338/04...

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