Resolución 1484/2015

Fecha de disposición10 Septiembre 2015
Fecha de publicación16 Septiembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33215



MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1484/2015Bs. As., 10/09/2015

VISTO el expediente N° 1-2002-28764/14-8 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 26.657, el Decreto N° 457 de fecha 5 de abril de 2010, el Decreto N° 603 de fecha 28 de mayo de 2013, las Resoluciones Ministeriales N° 2177 de fecha 30 de diciembre de 2013, N° 1121 de fecha 12 de noviembre de 1986 y N° 2385 de fecha 11 de agosto de 1980; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la Salud Mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental.

Que la citada ley establece la prohibición de creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados y que los ya existentes deben adaptarse a sus objetivos y principios, hasta su sustitución definitiva.

Que las internaciones de Salud Mental deben realizarse en hospitales generales, debiendo los hospitales de la red pública contar con los recursos necesarios.

Que el Decreto N° 603 de fecha 28 de mayo de 2013, reglamentario de la Ley N° 26.657, determina que la Autoridad de Aplicación en conjunto con las jurisdicciones, establecerá cuales son las pautas de adaptación de los manicomios, hospitales neuropsiquiátricos o cualquier otro tipo de instituciones de internación monovalentes que se encuentren en funcionamiento, congruentes con el objetivo de su sustitución definitiva.

Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN es la Autoridad de Aplicación de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657.

Que el Decreto 457 de fecha 5 de abril de 2010, encomienda a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, garantizar la aplicación e implementación de la política nacional de Salud Mental y coordinar acciones tendientes a la unificación de criterios sobre las mejores formas de atención psiquiátrica y propiciar las transformaciones que fueran necesarias, así como su incorporación en las instancias de formación y capacitación profesional.

Que en dicho contexto es necesario establecer nuevas pautas de habilitación de servicios de Salud Mental, públicos y privados, a los efectos de cumplimentar y actualizar la legislación vigente.

Que la adaptación prevista deberá contemplar la desconcentración gradual de los recursos, hasta su redistribución total en la red de...

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