Resolucion 1482

Fecha de disposición06 Febrero 2008
Fecha de publicación06 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31339

Leída y RATIFICADA el presente acta Acuerdo, las partes firman al pie en señal de plena conformidad ante mí que certifico.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1482/2007

Registro Nº 1587/2007

Bs. As., 5/12/2007

VISTO los Expedientes Nº 164.710/06 y Nº 1.239.052/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.239.052/07 agregado como foja 141 del Expediente Nº 164.710/06, tramita el Acuerdo celebrado entre la empresa AGUA DE LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador y el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE JUJUY junto a la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS por el sector de los trabajadores, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o.

2004).

Que en el Acuerdo las partes convienen ratificar la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/75 oportunamente suscripto por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS por la parte gremial y la ex empresa del estado OBRAS SANITARIAS DE LA NACION por la parte empleadora, cuya aplicación al ámbito provincial en la ex DIRECCION PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO se efectuase por la Ley Nº 4317/87 de la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY.

Que asimismo, se conviene el establecimiento de un salario mínimo de bolsillo y una recategorización del personal.

Que en orden a la materia del acuerdo alcanzado, debe hacerse notar que si bien procede la homologación del acuerdo celebrado, la misma lo será como acuerdo marco de carácter colectivo y sin perjuicio del derecho individual de los trabajadores, no correspondiendo la homologación del anexo acompañado a fojas 5/17 del Expediente Nº 1.239.052/07 agregado como foja 141 del Expediente Nº 164.710/06.

Que las partes acreditaron la representación que invocan, con la documentación presentada en autos.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio la Dirección de Regulaciones del Trabajo deberá evaluar la procedencia del cálculo de la Base Promedio y del Tope Indemnizatorio que establece el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en tal sentido cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la empresa AGUA DE LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador y el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE JUJUY junto a la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS por el sector de los trabajadores, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o.

2004), en los términos establecidos en el párrafo cuarto de los considerandos del presente acto administrativo, obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.239.052/07 agregado como foja 141 del Expediente Nº 164.710/06.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, remítase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.239.052/07 agregado como foja 141 del Expediente Nº 164.710/06.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de que informe sobre la procedencia del cálculo de la Base Promedio y del Tope lndemnizatorio de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 164.710/06

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1482/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 214 del expediente 1.239.052/07, agregado como fojas 141 al expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 1587/07. -- VALERIAA. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.

ACTA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR