Resolución 147/2021

Fecha de publicación24 Noviembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA


Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-72315572- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados modificada por sus similares Nros. 26.432 y 27.487 y sus normas complementarias, el Decreto N° 133 de fecha 18 de febrero de 1999 y sus resoluciones complementarias, y las Resoluciones Nros. RESOL-2020-116-APN-SAGYP#MAGYP de fecha 23 de octubre de 2020 y RESOL-2021-22-APN-SAGYP#MAGYP de fecha 12 de marzo de 2021, ambas de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados modificada por sus similares Nros. 26.432 y 27.487 y sus normas complementarias, el Decreto N° 133 de fecha 18 de febrero de 1999 y sus resoluciones complementarias, se implementó el Régimen de Promoción de Inversiones para Bosques Cultivados.

Que la citada Ley N° 25.080 en su Título V incorpora un Apoyo Económico no Reintegrable a los Bosques Implantados.

Que la mencionada Ley N° 25.080 en sus Artículos 17 y 18, sustituidos por los Artículos 14 y 15 de su similar modificatoria N° 27.487, establece que dicho apoyo económico no reintegrable consistirá en un monto por hectárea variable por zona, especie y actividad forestal, según lo determine la Autoridad de Aplicación y conforme a escalas de porcentajes en función de los costos de plantación y tratamientos silviculturales.

Que en el Artículo 23 de la mencionada Ley N° 25.080, sustituido por el Artículo 17 de su similar modificatoria N° 27.487, se establece que la Autoridad de Aplicación es la actual SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del citado Ministerio, siendo éste el organismo competente para determinar los costos de las distintas actividades silviculturales, a los fines de la aplicación y pago del apoyo económico no reintegrable.

Que por la Resolución N° RESOL-2020-116-APN-SAGYP#MAGYP de fecha 23 de octubre de 2020 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se aprobaron los costos de implantación y tratamientos silviculturales a los fines del otorgamiento del apoyo económico no reintegrable para los emprendimientos presentados durante el año 2019 y sucesivos y para los emprendimientos plurianuales cuyas etapas se cumplieran desde dicho año.

Que desde la vigencia de la mencionada Resolución N° RESOL-2020-116-APN-SAGYP#MAGYP...

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