Resolución 1450/2021

Fecha de publicación04 Octubre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-77779388- -APN-DGD#MC, y la Resolución N° 1363 del 2 de octubre de 2020 del MINISTERIO DE CULTURA y la Resolución Nº 136 del 18 de diciembre de 2020 de la SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se ordena la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año.

Que en atención a lo establecido en el artículo 18 de la citada norma, y los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus sucesivas prórrogas aún se encuentran suspendidos o severamente restringidos los eventos y actividades culturales que habitualmente se desarrollan, poniendo en riesgo la subsistencia del sector artesanal.

Que el sector artesanal se vio ampliamente afectado por la pandemia, y vio altamente vulneradas sus posibilidades de ingresos.

Que el MINISTERIO DE CULTURA, a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, la DIRECCIÓN DE INDUSTRIAS CULTURALES y el Programa MERCADO DE ARTESANÍAS TRADICIONALES DE ARGENTINA (MATRIA), tiene como objetivo apoyar el sostenimiento de la actividad, acompañar al sector artesanal y contribuir a paliar el impacto negativo que enfrenta.

Que mediante la Resolución MC N° 1363/20 (RESOL-2020-1363-APN-MC) se aprobó la creación del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal y se propició un fondo de ayuda económica en atención de los proyectos que serían seleccionados.

Que mediante las Resoluciones SDC Nº 104/20 (RESOL-2020-104-APN-SDC#MC) se designaron a los Jurados y por la Resolución SDC Nº 136/20 (RESOL-2020-136-APN-SDC#MC) se aprobó el ACTA DE SELECCIÓN “MANTA” Nº ACTA-2020-88061492-APN-DNICUL#MC (ANEXO I) y sus ANEXOS II (IF-2020-88055856-APN-DNICUL#MC), III (IF-2020-88055761-APN-DNICUL#MC) y IV (IF-2020-88055653-APN-DNICUL#MC), y se aprobó la ejecución de pagos, incrementándose asimismo el presupuesto destinado a las becas en consideración al Informe de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES (IF-2020-80669156-APN-DNICUL#MC), respecto a la gran cantidad de postulaciones recibidas.

Que habiendo transcurrido un año desde el citado Informe y subsistiendo la grave situación epidemiológica y económica que dio lugar a la creación y otorgamiento de las Becas, resulta...

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