Resolución 1446/2020
Fecha de publicación | 27 Mayo 2021 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2020
VISTO el EX – 2020 – 68869513 – APN – DGD # MT, del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004) y
CONSIDERANDO:
Que en páginas 1 y 2 del RE – 2020 – 68867968 – APN – DGD # MT obra el Acuerdo y en página 1 del RE – 2020 – 68868323 – APN – DGD # MT las escalas salariales que lo integran del Ex – 2020 – 68869513 – APN – DGD # MT, celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES por la parte gremial y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETRÓLEO y la empresa RAIZEN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empresario, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido un incremento salarial para el personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 449/06, cuya vigencia opera a partir del mes de Septiembre de 2020, con las modalidades obrantes en el texto al cual se remite.
Que en páginas 1 y 2 del RE – 2020 – 68868436 – APN – DGD # MT del Ex – 2020 – 68869513 – APN – DGD # MT obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES por la parte gremial y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETRÓLEO y la empresa RAIZEN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empresario, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido el pago de una contribución patronal a favor de la Entidades gremiales de primer grado miembros de la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, con destino a programas de capacitación, con las modalidades obrantes en el texto al cual se remite.
Que el ámbito de aplicación personal y territorial de los presentes Acuerdos, se corresponden con la representatividad de las partes firmantes del mismo.
Que los Acuerdos han sido celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 449/06, del cual son signatarios la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETRÓLEO.
Que las partes tienen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratificado en todos sus términos los citados Acuerdos.
Que de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley...
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