Resolución 1433/2020

Fecha de publicación31 Agosto 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2020

VISTO EX-2020-38494271-APN-DD#MS, la Ley Nº 22.990, su Decreto Reglamentario Nº 1338 de fecha 30 de septiembre de 2004 y la Resolución Nº 783 del 17 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 22.990 se regulan las actividades relacionadas con la sangre humana, sus componentes, derivados y subproductos.

Que la referida Ley dispone que la autoridad de aplicación será el actual MINISTERIO DE SALUD.

Que por su artículo 4° se establece que será obligación de la autoridad sanitaria promover y asegurar la utilización y empleo racional de la sangre, sus componentes y derivados.

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus COVID-19 como una pandemia.

Que por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que mediante el artículo 2º, inciso 16 del decreto aludido en el considerando precedente se facultó al MINISTERIO DE SALUD, en tanto autoridad de aplicación, a adoptar las medidas que resulten necesarias a fin de mitigar los efectos de la pandemia.

Que por la Resolución de este Ministerio Nº 783/2020 se creó el PLAN ESTRATÉGICO PARA REGULAR EL USO DE PLASMA DE PACIENTES RECUPERADOS DE COVID-19 CON FINES TERAPÉUTICOS, asignando su coordinación a la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD a través de la DIRECCIÓN DE MEDICINA TRANSFUSIONAL.

Que dicho plan contiene tres ejes de gestión, siendo uno de ellos el proyecto de desarrollo de un ensayo clínico para evaluar la seguridad y eficacia del uso del plasma de convalecientes en enfermos de COVID-19.

Que la DIRECCIÓN DE MEDICINA TRANSFUSIONAL en su condición de coordinadora del PLAN ESTRATÉGICO PARA REGULAR EL USO DE PLASMA DE PACIENTES RECUPERADOS DE COVID-19 CON FINES TERAPÉUTICOS, ha elaborado los protocolos de Ensayo Clínico Nacional y de Acceso Extendido para el uso del plasma de pacientes recuperados de COVID-19 con fines terapéuticos.

Que en la elaboración de ambos protocolos han participado profesionales e instituciones altamente reconocidas y de vasta experiencia.

Que la utilización del plasma de pacientes recuperados de COVID-19 con fines terapéuticos continúa considerándose una práctica experimental, no habiéndose demostrado a nivel internacional, a la fecha, en forma...

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