Resolucion 140

Fecha de publicación17 Marzo 2008
Fecha de disposición17 Marzo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31367

COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional del Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.

ARTICULO 3°

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente N° 137.363/07

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE BASE TOPE ENTRADA EN PROMEDIO INDEMNIZATORIO VIGENCIA SINDICATO DE OBREROS PANADEROS DE SALTA c/ 01/08/2007 $ 1.015,00 $ 3.045,00

CAMARA DE INDUSTRIALES PANADEROS DE SALTA CCT N° 287/97

Expediente N° 137.363/07

Buenos Aires, 11 de febrero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 139/08 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 77/08 T.

-- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 140/2008

Tope N° 81/2008

Bs. As., 7/2/2008

VISTO el Expediente N° 1.237.330/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 6 de fecha 4 de enero de 2008 y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 1.237.330/07, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE CONSTRUCTORES DE EMBARCACIONES LIVIANAS, por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 492/07 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación...

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