Resolucion 140
Fecha de publicación | 17 Marzo 2008 |
Fecha de disposición | 17 Marzo 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31367 |
COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional del Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO Expediente N° 137.363/07
PARTES SIGNATARIAS FECHA DE BASE TOPE ENTRADA EN PROMEDIO INDEMNIZATORIO VIGENCIA SINDICATO DE OBREROS PANADEROS DE SALTA c/ 01/08/2007 $ 1.015,00 $ 3.045,00
CAMARA DE INDUSTRIALES PANADEROS DE SALTA CCT N° 287/97
Expediente N° 137.363/07
Buenos Aires, 11 de febrero de 2008
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 139/08 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 77/08 T.
-- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 140/2008
Tope N° 81/2008
Bs. As., 7/2/2008
VISTO el Expediente N° 1.237.330/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 6 de fecha 4 de enero de 2008 y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.237.330/07, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE CONSTRUCTORES DE EMBARCACIONES LIVIANAS, por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 492/07 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación...
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