Resolución 14/2019

Fecha de publicación30 Abril 2019
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
undefined2a. Sección, Mendoza, 29/04/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-36293574-APN-DD#INV, la Ley General de Vinos Nº 14.878, el Decreto Nº 1.279 de fecha 23 de mayo de 2003, la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1771-APN-JGM de fecha 5 de noviembre de 2018, las Resoluciones Nros. C.39 de fecha 30 de diciembre de 2009 y C.7 de fecha 24 de febrero de 2012, la Disposición Nº DI-2018-87-APN-INV#MPYT de fecha 13 de noviembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, se tramita la adecuación de las aperturas inferiores de la Estructura Organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que por el Decreto Nº 1.279 de fecha 23 de mayo de 2003 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de este Organismo.

Que a través de las Resoluciones Nros. C.39 de fecha 30 de diciembre de 2009 y C.7 de fecha 24 de febrero de 2012 del INV, se aprobaron las aperturas inferiores del primer nivel operativo, consistentes con aquel.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1771-APN-JGM de fecha 5 de noviembre de 2018, se aprobó una nueva estructura organizativa para el primer y segundo nivel operativo, homologando y suprimiendo del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos correspondientes a este Organismo.

Que, asimismo, mediante dicha decisión administrativa, se suprimió unidades de nivel departamental y de división, manteniendo la vigencia de otras, todas ellas oportunamente contempladas por la citada Resolución Nº C.39/09.

Que, finalmente, el Artículo 6º de la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1771-APN-JGM faculta a esta Presidencia a modificar las aperturas aprobadas para el segundo nivel operativo, en tanto no implique el incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias.

Que, por su parte, la presente medida se encuentra dentro de las facultades de esta Presidencia conforme los Artículos 7º y 8º de la Ley General de Vinos Nº 14.878.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde adecuar la referida Resolución Nº C.39/09 en sus partes pertinentes y dejar sin efecto la Resolución Nº C.7/12.

Que considerando la magnitud de la tarea a encarar y el impacto que dichas adecuaciones tendrá en la vida institucional de la organización, mediante la Disposición Nº DI-2018-87-APN-INV#MPYT de fecha 13 de noviembre de 2018 se estableció el día 31...

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