Resolución 139/2022

Fecha de publicación17 Marzo 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2022

VISTO el EX-2021-111773970- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004) y

CONSIDERANDO:

Que en el RE-2021-121781086-APN-DGD#MT del EX-2021-111773970- -APN-DGD#MT obra el acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA - Seccional Río Grande, por la parte sindical, y las empresas RADIO VICTORIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, SONTEC ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y MEGASAT SOCIEDAD ANONIMA UNIPERSONAL, por el sector empleador, cuya homologación solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el mentado acuerdo ha sido ratificado por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA - entidad central en el RE-2021-124918812-APN-DGD#MT del EX-2021- 124918869- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el EX-2021-111773970- -APN-DGD#MT.

Que mediante el instrumento de marras, las partes establecen el nuevo valor base del Premio Anual Extraordinario correspondiente al año 2021, conforme los términos y condiciones allí establecidas.

Que a través del presente las partes superan el conflicto que fuera encuadrado en el marco de la Ley N° 14.786, mediante DI-2021-452-APN-DNRYRT#MT.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del mencionado acuerdo se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresarial firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-75-APN-PTE

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el...

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