Resolucion 1376

Fecha de disposición22 Enero 2008
Fecha de publicación22 Enero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31328

Asimismo las partes acuerdan el pago de una suma remunerativa por única vez de $ 220.- (pesos doscientos veinte) que se efectivizará junto con los haberes mensuales correspondientes al mes de setiembre del corriente año.

El Sistema Remuneratorio mantendrá la estructura vigente al 30 de abril del corriente año, incluyendo los nuevos valores acordados en el Expediente 1.219.149/07 para los Básicos Convencionales UOMRA (CCT 260/75).

Por lo tanto las partes acuerdan, conforme a lo establecido en el punto 5 del acta acuerdo suscripta con la UOMRA en el expediente de referencia, que los conceptos de pago, los montos y las fechas de vigencia, a fin de alcanzar los porcentajes acordados, serán los que se detallan en el Anexo I adjunto para cada trabajador, siendo el presente acuerdo complementario del mencionado precedentemente.

  1. SUMA NO REMUNERATIVA POR UNICA VEZ: Se acuerda el pago de una suma no remunerativa de $ 500 (pesos quinientos) que incluye la establecida en el punto 4 del acuerdo mencionado precedentemente, en 2 (dos) cuotas, la 1ra. de $ 200 el último día hábil del mes de septiembre de 2007 y la 2da. y última de $ 300.- el día 15 de febrero de 2008.

  2. ADICIONAL PERSONAL GARANTIZADO: En cumplimiento del compromiso establecido en el acuerdo salarial de octubre de 2006 punto 4. la empresa deja constancia que ha procedido a actualizar con los incrementos acordados en el presente el concepto de liquidación denominado 'Adicional Personal Garantizado' lo que se comprueba en el Anexo I adjunto.

  3. PAZ SOCIAL: Las partes ratifican el compromiso asumido que, durante el período comprendido por el presente acuerdo (Mayo 2007 - Marzo 2008) no se adoptarán medidas de acción directa de ninguna naturaleza vinculada con el contenido del presente, manteniendo la continuidad operativa de la empresa, en base a la movilidad funcional habitual, capacitación y trabajando armoniosamente con criterios de solidaridad y respeto mutuo.

    Expediente 1.219.149/07

    ACTA COMPLEMENTARIA ACUERDO SALARIAL ENTRE UOMRA Y CIS CLIMA DE FECHA 9

    DE MAYO DE 2007 PLANTA CORDOBA En la ciudad de Córdoba Capital, Provincia de Córdoba, a los 20 días del mes de junio del año 2007, se reúnen por ACINDAR IAASA los Sres. Videla Jorge Nicolás, Gabriel, Gil, Eduardo Barraza, Altolaguirre José, Contino Carlos Enrique, Maschio Néstor, Miller, Gabriel y Rodolfo Sánchez Moreno en su carácter Director Ejecutivo de Recursos Humanos SGI y Legales, Gerente Industrial Siderúrgico Otras Localizaciones, Gerente de Planta, Gerente de Area de Recursos Humanos, Gerente de Relaciones Laborales y Servicios, Gerente de Relaciones Gremiales, Gerente de Compensaciones y Organización y Apoderado respectivamente y Augusto Enrique Varas y Carlos Héctor Diberti, en su carácter de miembro de Secretario General y Secretario de Actas de la UOM Seccional CORDOBA, con el fin de llegar a un acuerdo sobre distintos aspectos remuneratorios, a raíz de las nuevas escalas salariales acordadas por el Centro de Industriales Siderúrgicos (CIS), la Cámara Laminadores Industriales Metalúrgicos (CLIMA) y la Unión Obrera Metalúrgica República Argentina (UOMRA) con fecha 9 de mayo de 2007 por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, cumplimentando así lo dispuesto en el punto 5 de la mencionada acta acuerdo, Expediente 1.219.149/07, las partes acuerdan lo siguiente:

  4. SALARIO MENSUAL BRUTO, NORMAL Y HABITUAL: Incrementar, a partir del 1ro. de mayo del corriente año, en el equivalente, al 12% (doce por ciento) y a partir del 1ro. de enero de 2008 en el equivalente hasta completar el 16,5% (dieciséis coma cinco por ciento) respecto del salario mensual bruto, normal y habitual vigente al 30-04-07, del personal comprendido en el establecimiento Córdoba encuadrado en el CCT 260/75.

    Asimismo las partes acuerdan el pago de una suma remunerativa por única vez de $ 180.-(pesos ciento ochenta) que se efectivizará junto con los haberes mensuales correspondientes al mes de septiembre del corriente año.

    El Sistema Remuneratorio mantendrá la estructura vigente al 30 de abril del corriente año, incluyendo los nuevos valores acordados en el Expediente 1.219.149/07 para los Básicos Convencionales UOMRA (CCT 260/75).

    Por lo tanto las partes acuerdan, conforme a lo establecido en el punto 5 del acta acuerdo suscripta con la UOMRA en el expediente de referencia, que los conceptos de pago, los montos y las fechas de vigencia, a fin de alcanzar los porcentajes acordados, serán los que se detallan en el Anexo I adjunto para cada trabajador, siendo el presente acuerdo complementario del mencionado precedentemente.

  5. SUMA NO REMUNERATIVA POR UNICA VEZ: Se acuerda el pago de una suma no remunerativa de $ 500 (pesos quinientos) que incluye la establecida en el punto 4 del acuerdo mencionado precedentemente, en 2 (dos) cuotas, la 1ra de $ 200 el último día hábil del mes de septiembre de 2007 y la 2da. y última de $ 300.- el día 15 de febrero de 2008.

  6. ADICIONAL PERSONAL GARANTIZADO: En cumplimiento del compromiso establecido en el acuerdo salarial de octubre de 2006 punto 4. la empresa deja constancia que ha procedido a actualizar con los incrementos acordados en el presente el concepto de liquidación denominado 'Adicional Personal Garantizado' lo que se comprueba en el Anexo adjunto.

  7. PAZ SOCIAL: Las partes ratifican el compromiso asumido que, durante el período comprendido por el presente acuerdo (Mayo 2007 - Marzo 2008), no se adoptarán medidas de acción directa de ninguna naturaleza vinculada con el contenido del presente, manteniendo la continuidad operativa de la empresa, en base a la movilidad funcional habitual, capacitación y trabajando armoniosamente con criterios de solidaridad y respeto mutuo.

    Expediente 1.219.149/07

    ACTA COMPLEMENTARIA ACUERDO SALARIAL ENTRE UOMRA Y CIS CLIMA DE FECHA 9

    DE MAYO DE 2007 PLANTA TABLADA En BuenosAires, a los 31 días del mes de julio del año 2007, se reúnen porACINDAR IAASAlos Sres.

    Jorge Nicolás Videla, Daniel Ciriachi, Gabriel Piacenza, Carlos Contino, Néstor...

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