Resolución 1320/2014

Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2014



AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1320/2014Bs. As., 19/11/2014

VISTO el Expediente Nº 2585/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos de digitalización.

Que conforme lo dispone la Ley Nº 26.522 constituye un objetivo específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la conservación del acervo natural y cultural.

Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto Nº 1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del artículo 97 de la Ley Nº 26.522, debiendo para su afectación proceder a la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un Comité de Evaluación el que invitará a participar a representantes del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que el Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, en el artículo 3° de su Resolución Nº 1048-AFSCA/2014 determinó la composición y funcionamiento del COMITE DE EVALUACION previsto en el artículo 97 inciso f) del Anexo I del Decreto Nº 1225/10, estableciendo que el mismo estará compuesto por CINCO (5) miembros, DOS (2) de los cuales serán propuestos por el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que para aprobar los proyectos, el Comité de Evaluación deberá contar con la firma de al menos 3 (TRES) miembros, uno de los cuales debe representar el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que el Comité de Evaluación podrá sesionar en una o más reuniones plenarias, siempre y cuando se cumpla el quórum establecido para ello.

Que las decisiones del Comité de Evaluación serán notificadas a la Autoridad Federal, mediante las Actas del Comité de Evaluación.

Que su conformación será comunicada públicamente en fecha previa al cierre de presentación de proyectos.

Que ningún miembro...

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