Resolución 132.

Fecha de disposición10 Diciembre 2015
Fecha de publicación10 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 132/2015

Bs. As., 14/10/2015

VISTO el Expediente N° 376.864/15, del registro de esta LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del expediente aludido en el exordio la empresa CASINO BUENOS AIRES S.A. efectúa una presentación solicitando la implementación del reglamento del juego de "POKER EN LA VARIANTE MADERO POKER BONUS", para su explotación en las salas de juego del casino.

Que la GERENCIA DE FISCALIZACION ha realizado el análisis correspondiente a la propuesta presentada, interpretando procedente la implementación del mismo, dado que de esta manera se ampliará la oferta lúdica en las Salas de Juego.

Que los montos mínimos y máximos aplicables para este juego estarán comprendidos dentro de la banda de fluctuación aprobada por esta Sociedad del Estado, para las variantes del juego Póker.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 598/90.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LOTERÍA NACIONAL

SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébese el reglamento de "POKER EN LA VARIANTE MADERO POKER BONUS", aplicable para las salas de juego explotadas por el Agente Operador de esta Sociedad del Estado, Casino Buenos Aires S.A., el que como ANEXO I, pasa a formar parte constitutiva de la presente.

ARTÍCULO 2°

Por la SECRETARIA GENERAL, regístrese, protocolícese y publíquese en la Orden del Día y en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°

Por la GERENCIA DE FISCALIZACION, notifíquese a CASINO BUENOS AIRES S.A., y demás trámites a los que hubiere lugar. Oportunamente, dése conocimiento a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA. Cumplido, archívese. -- Cdor. ROBERTO ARMANDO LOPEZ, Presidente, Lotería Nacional S.E. -- Dr. ANDRÉS CIMADEVILLA, Vicepresidente, Lotería Nacional S.E. -- JUAN MANUEL ARTICO, Director Secretario, Lotería Nacional S.E.

ANEXO I

POKER EN LA VARIANTE MADERO POKER BONUS

CAPITULO 1 - GENERALIDADES Artículos 1 a 4
Artículo 1°

Descripción del Juego

1) La variante de Póker "Madero Póker Bonus", es un juego de azar de contrapartida practicado con baraja francesa, en el que los participantes mediante la utilización de cinco cartas de las siete disponibles, cualesquiera entre las dos cartas recibidas por el croupier y las cinco comunitarias jugando contra la "banca", tiene por objetivo lograr una combinación de superior valor al juego que presente la Banca. A excepción del "Premio especial o Jackpot" y de la apuesta del "Bonus" (ver Capitulo 4).

2) Cada jugador, para recibir dos cartas deberá realizar una apuesta inicial denominada "ante". Luego, en caso que decida apostar con las cartas recibidas, podrá realizar una segunda apuesta denominada "flop" por el doble de la apuesta "ante" o desistir. Una vez que todos los participantes hayan realizado su apuesta el croupier descubrirá las tres primeras cartas comunitarias. Luego, en caso que cada participante decida apostar realizara a su turno una tercera apuesta denominada "Turn" igual al valor del Ante o pasar (Check), al finalizar esta ronda de apuestas el croupier descubrirá la cuarta carta comunitaria. Luego, en caso que cada participante decida apostar realizara a su turno una cuarta apuesta denominada "River" igual al valor del Ante o pasar (Check), al finalizar esta ronda de apuestas el croupier descubrirá la quinta y ultima carta comunitaria.

3) El croupier abonará uno a uno a aquellos jugadores con combinación superior a la de la banca, en las apuestas Flop, Turn y River. Además, abonará uno a uno las apuestas de "Ante" a los jugadores que ganen con combinación igual o superior a Color.

4) Además, cada jugador podrá realizar en forma optativa apuestas adicionales para participar de progresivos o premios especiales de resolución independiente.

Artículo 2°

Elementos del Juego

5) Se jugará con una baraja de cincuenta y dos naipes de tipo francés. El valor de las cartas, ordenadas de mayor a menor, será el siguiente: As, Rey, Dama, Jota, 10, 9, 8, 7, 6, 5, 4, 3, y 2. Sin embargo, el As podrá ser utilizado como carta menor para armar un juego de escalera: As, 2, 3, 4 y 5.

6) Ninguno de los palos de la baraja (pica, corazón, trébol y diamante) tendrá un valor superior sobre otro, a los efectos de la determinación de la combinación de los juegos.

7) La Gerencia del Casino, podrá optar por utilizar dos barajas con distinto color de lomo, que se pondrán en juego alternativamente en cada pase.

8) La mesa sobre la que se practicará el juego tendrá las mismas medidas y características que las utilizadas para el juego Póker con descarte, su capacidad será de hasta 7 jugadores, y para cada jugador habrá una casilla de apuesta.

9) Cada casilla de apuesta estará dividida en cuatro espacios, uno para la postura inicial "ante", otro para la segunda apuesta "flop", otro para la tercera apuesta "turn" y otro para la cuarta apuesta "river".

10) Además, cada casilla deberá tener un área para la apuesta de jackpot o seguro, o en su defecto una ranura, dependiendo de sí el control de las apuestas de jackpot fuere automático o manual.

11) También, cada casilla deberá tener un área destinada para la apuesta de Bonus, en caso de que se decida utilizar esta modalidad de apuesta.

12) Podrán utilizarse mecanismos automáticos de mezcla de cartas.

Artículo 3°

Personal

13) Supervisor: es la persona encargada de controlar el juego y resolver aquellos problemas y circunstancias que se susciten durante su desarrollo, debiendo aplicar el reglamento y los procedimientos correspondientes. El mismo estará afectado a las mesas que correspondan a su sector.

14) Croupier: es la persona encargada de dirigir cada partida y será su función la de mezclar las cartas y realizar los barajes indicados a cada partida, realizara la distribución de estas a los...

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