Resolucion 132

Fecha de disposición13 Marzo 2008
Fecha de publicación13 Marzo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31365

2.2. La Convocatoria deberá ser cursada por la convocante en forma fehaciente, indicando el temario correspondiente. Quedando a su cargo la confirmación de la debida recepción por todos los interesados.

2.3. Las reuniones de la C.A.I. deberán llevarse a cabo en principio en la sede de la EMPRESA, sita en calle Sarmiento 698 de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, en el horario a designar en cada caso. Podrán proponerse otros lugares de reunión, previa conformidad de los restantes integrantes de la Comisión.

2.4. La C.A.I. deberá expedirse acerca de los diferendos o temas puestos a su consideración en un plazo que no podrá ser superior a los cuarenta y cinco (45) días corridos a partir de su tratamiento.

2.5. Las resoluciones deberán ser adoptadas con el acuerdo de al menos un miembro de cada una de las partes.

2.6. Se labrará un acta circunstanciada en la que se indicarán los temas tratados en el marco de la C.A.I., que será suscripta por los presentes, procediéndose a su archivo en forma ordenada.

2.7. Al arribarse a una interpretación o solución definitiva respecto de los temas puestos a consideración de la Comisión, se deberán enumerar correlativamente las actas celebradas para su archivo.

2.8. Las resoluciones que adopte la C.A.I. serán de cumplimiento efectivo y obligatorio para las partes.

Leída y ratificada la presente en todos sus términos, las partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, elevándose la misma a la Autoridad de Aplicación para su correspondiente homologación, conjuntamente con el nuevo CCT.

ACTA ACUERDO Nº 3

En la Ciudad de Buenos Aires, el trece de Noviembre de 2007 (13/11/2007), entre HIDROELECTRICA AMEGHINO S.A., con domicilio en Sarmiento 698 de la ciudad de Trelew, provincia del Chubut, en adelante la EMPRESA, representada por el Dr. Marcelo Alberto COMBA por una parte y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y ENERGIA ELECTRICA, APUAYE, (Personería Gremial Nº 698), con domicilio en Reconquista 1048 de la ciudad de Buenos Aires, representada por los señores Ingenieros Jorge ARIAS y José ROSSA por la otra, convienen en el ámbito de la Comisión Negociadora lo siguiente:

PRIMERO. Quedan únicamente excluidos del presente convenio colectivo de trabajo los profesionales universitarios que ocupen en forma definitiva la titularidad de los siguientes cargos previstos en la estructura organizativa de la Empresa:

Gerencia de Administración: Dr. Alejandro RUCCI.

Representantes Legales y Auditores.

Leída y ratificada la presente en todos sus términos, las partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto...

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