Resolución 131-E.

Fecha de disposición10 Abril 2017
Fecha de publicación10 Abril 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 131-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2017

VISTO el Expediente N° 207-404.744/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/3 del Expediente N° 404.744/16, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA por el sector sindical y FEDERACIÓN DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CENTRO DE LA REPÚBLICA (F.E.C.A.C.) por la parte empresaria, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido condiciones salariales y laborales para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 666/13 con las consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada en el acuerdo de autos, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin de que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (1976).

Que el ámbito territorial y personal...

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