Resolución 130.

Fecha de disposición21 Junio 2016
Fecha de publicación21 Junio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 130/2016

Bs. As., 13/06/2016

VISTO el Expediente N° S01:0267391/2015 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que EÓLICA RUFINO SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó su habilitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Central Eólica Rufino, instalada en el Departamento General López, Provincia de SANTA FE, de VEINTICINCO MEGAVATIOS (25 MW) de potencia nominal, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Rufino, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPE).

Que mediante Nota B-100882-1 de fecha 29 de febrero de 2016, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que EÓLICA RUFINO SOCIEDAD ANÓNIMA cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de LOS PROCEDIMIENTOS para su ingreso y administración del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

Que mediante Disposición N° 310 de fecha 3 de septiembre de 2015, la Subdirección General de Control e Impacto Ambiental de la DIRECCIÓN GENERAL DE DELEGACIÓN ZONA SUR de la SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE del MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE de la Provincia de SANTA FE resolvió categorizar Ambientalmente a EÓLICA RUFINO SOCIEDAD ANÓNIMA para su Central Eólica Rufino.

Que EÓLICA RUFINO SOCIEDAD ANÓNIMA, con respecto a su Central Eólica Rufino ha dado satisfacción a las exigencias normativas establecidas.

Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en calidad de AGENTE GENERADOR de EÓLICA RUFINO SOCIEDAD ANÓNIMA para su Central Eólica Rufino se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina N° 33.336, de fecha 14 de marzo de 2016, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la Dirección Nacional de Prospectiva de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.

Que por el Artículo 11 de la Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según...

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