Resolución 130/2021

Fecha de publicación24 Febrero 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-12442589-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 26.190, 27.191 y 27.424, los Decretos Nros. 1.119 de fecha 6 de octubre de 1999; 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y sus modificatorios, 986 de fecha 1° de noviembre de 2018, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 72 de fecha 17 de mayo de 2016 y su modificatoria y 84 de fecha 12 de abril de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Disposición N° 54 de fecha 7 de mayo de 2019 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que como consecuencia del proceso de reorganización llevado a cabo se creó la SECRETARÍA DE ENERGÍA y se estableció entre sus objetivos el ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades en materia energética.

Que por el citado decreto, se creó la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de esta Secretaría, cuyos objetivos consisten entre otros, en: a) asistir a esta Secretaría como Autoridad de Aplicación del marco regulatorio eléctrico; b) participar en todos los aspectos vinculados con el desarrollo de la generación de energía eléctrica en su modalidad de aprovechamiento de recursos hídricos, con un criterio ambiental de tipo sustentable; c) promover, desarrollar, implementar, evaluar y monitorear programas y alternativas regulatorias de ahorro y uso eficiente de los recursos energéticos eléctricos, tanto en la oferta de fuentes primarias como en las etapas de transformación, transporte y distribución de energía y en los distintos sectores de consumo, d) asistir a otras áreas del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que requieran la incorporación de criterios y contenidos de ahorro y eficiencia energética en sus actividades, planes, políticas y normativas y e) intervenir en la ejecución del RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, establecido por las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, sus...

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