Resolución 126/2021

Fecha de publicación19 Marzo 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2021

Visto el expediente EX-2020-66405740-APN-DGD#MTR, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima, actuante en la órbita del Ministerio de Transporte.

Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021, de Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima, actuante en la órbita del Ministerio de Transporte, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I (IF-2021-12354135-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-12073874-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de ciento veintisiete mil trescientos dieciocho millones seiscientos sesenta mil ochocientos cincuenta y tres pesos ($ 127.318.660.853) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de ciento sesenta y un mil cincuenta y cuatro millones trescientos treinta y siete mil setecientos veintitrés pesos ($ 161.054.337.723) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en treinta y tres mil setecientos treinta y cinco millones seiscientos setenta y seis mil ochocientos setenta pesos ($ 33.735.676.870), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-12073874-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3º.- Estímanse...

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