Resolucion 1241

Fecha de la disposición21 de Enero de 2008
  1. Vigilar el cumplimiento de las Leyes, Contratos Colectivos, acuerdos, etc. referente al trabajador municipal o comunal.

  2. Propender permanentemente a la superación de las condiciones contractuales que rigen la prestación de servicios de los Trabajadores Municipales o Comunales.

  3. Propender a la superación sindical, social, económica y cultural de sus afiliados, mediante la difusión de conocimientos específicos y generales tendientes a ese objetivo.

  4. Promover la creación de servicios médicos asistenciales, colonias de vacaciones, proveedurías, cooperativas, servicios mutuales, campos de deportes, centros de esparcimiento, bibliotecas, alojamientos, centros de apoyo educativo, etc.

  5. Procurar la instauración de subsidios por enfermedad, invalidez o fallecimiento, asimismo la creación de seguros integrales, de tipo individual o colectivo.

  6. Mantener la más estrecha relación de solidaridad con los distintos Sindicatos, intercambiando información y experiencias de todo tipo, como un aporte a la participación y fortalecimiento tanto de la unidad como de la superación del Movimiento Obrero Organizado.

    Il) Fortalecer el compañerismo y la solidaridad entre todos los afiliados por todos los medios a su alcance.

  7. Auspiciar toda iniciativa de interés general para la Asociación.

  8. Mantener los derechos sindicales en la representación y defensa de sus afiliados en todos los casos de conflictos laborales individuales y colectivos.

    ñ) Imponer el respeto mutuo y velar por las normas de ética que corresponden al sentido solidario de los afiliados y su acción profesional.

  9. La Asociación, en cumplimiento de los fines precedentemente expuestos, tiene todas las facultades, derechos y atribuciones para llenar los fines de su creación y progreso. En consecuencia, podrá adquirir, enajenar, vender toda clase de bienes, donar, permutar, alquilar, subdividir o hipotecar sus bienes, tocar bienes de cualquier naturaleza, con o sin cargos, en su beneficio exclusivo, de acuerdo con las formas, condiciones y demás circunstancias establecidas por este Estatuto.

  10. Propender a la organización de un régimen de jubilación propio, que sea autónomo y completamente independiente.

  11. Propender a la creación de la Caja Compensadora.

  12. Velar por el cumplimiento de las prestaciones correspondientes a la Obra Social.

    CAPITULO VI: DE LA COMISION DIRECTIVA ARTICULO 18º): La Asociación Santo Tomé de Empleados y Obreros Municipales será dirigida y administrada por una Comisión Directiva de VEINTICINCO (25) miembros titulares y SIETE (7) suplentes, que se desempeñarán en los siguientes cargos:

    1. - Secretario General 2.- Secretario Adjunto 3.- Secretario de Organización y Relaciones Institucionales 4.- Secretario de Actas y Administración 5.- Secretario de Asuntos Gremiales 6.- Secretario de Cultura y Capacitación 7.- Secretario de Deportes, Turismo y Recreación Social 8.- Secretario de Vivienda, Salud y Acción Social 9.- Secretario de Prensa y Propaganda 10.- Secretario de Finanzas 11.- Secretario de Relaciones Comunales 12.- Secretario de Estudios Técnicos, Proyectos y Estadísticas 13.- Secretario de Minoridad y Familia 14.- Secretario de Recursos Humanos 15.- Secretario de Obras y Servicios Públicos 16.- Secretario de Medio Ambiente 17.- Vocal Titular 18.- Vocal Titular 19.- Vocal Titular 20.- Vocal Titular 21.- Vocal Titular 22.- Vocal Titular 23.- Vocal Titular 24.- Vocal Titular 25.- Vocal Titular Habrá además SIETE (7) Vocales Suplentes, que sólo integrarán la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento o impedimento de los titulares.

    El setenta y cinco por ciento (75%) de los cargos directivos deberá ser desempeñado por ciudadanos argentinos. Quienes ejerzan los cargos de Secretario General y Secretario Adjunto deberán ser ciudadanos argentinos.

    El mandato de los miembros de Comisión Directiva durará CUATRO (4) años. Los miembros de Comisión Directiva podrán ser reelectos.

    CANTIDAD DE AFILIADOS: La cantidad de afiliados a la fecha es de 478 cuatrocientos setenta y ocho. -- MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura...

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