Resolución 1199/2020

Fecha de publicación24 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2020

VISTO, el EX-2020-18320909- -APN-MT, el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, la Resolución Nº 202 del 13 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, las Resoluciones Nº 238 del 16 de marzo de 2020 y N° 259 del 20 de marzo de 2020 y Nº 489 del 4 de mayo de 2020 de la SECRETARIA DE TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la ampliación de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE), esta cartera laboral dicto sucesivas normas para resolver la problemática institucional de las organizaciones sindicales reguladas por la Ley Nº 23.551, procurando evitar mayores contagios y evitando que se asuman conductas que podrían poner en peligro la salud de las personas.

Que ante el alcance nacional de circulación del virus en el marco de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud y el crecimiento de la cantidad de contagios y de víctimas mortales, las autoridades competentes de nuestro país se encuentran avocadas a la toma de decisiones y acciones de emergencia a fin de proteger la salud de la población en cada jurisdicción, que procuren evitar la propagación y mayor circulación del virus.

Que esta SECRETARÍA DE TRABAJO por diferentes Resoluciones adoptó medidas en función de lo establecido por el artículo 12 del Decreto Nº 260/2020 y también por el artículo 18 de dicha norma que contempla específicamente la posibilidad de cierre de lugares de acceso público, la imposición de distancias de seguridad y otras medidas para evitar aglomeraciones.

Que el contexto descripto no se ha modificado y continúa siendo necesaria la cooperación en la implementación de las medidas recomendadas y/o dispuestas a fin de prevenir la reunión de conglomerados de personas, incluyendo expresamente, entre otras entidades, a las sindicales, por lo que incumbe a esta Secretaría, analizar desde esta perspectiva, las implicancias de los actos institucionales propios del desarrollo de la vida de aquéllas.

Que en ese marco se dictó la Resolución N° 238/2020 por la cual se dispuso, a fin de compatibilizar las razones de salud pública con el funcionamiento institucional, suspender la celebración de los Procesos Electorales, todo tipo de Asambleas y/o Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o aglomeración de personas, de las asociaciones...

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