Resolución 1198/2020
Fecha de publicación | 23 Octubre 2020 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES |
Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2020
VISTO el EX-2020-56093940-APN-SDYME#ENACOM, la Ley N° 27.078, la Resolución ENACOM N° 2.642 de fecha 17 de mayo de 2016, la Resolución ENACOM N° 738 de fecha 1 de julio de 2020, la Resolución ENACOM N° 951 de fecha 4 de septiembre de 2020, el IF-2020-66808641-APN-SUST#ENACOM y,
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que por Resolución ENACOM N° 738 de fecha 1 de julio de 2020 se aprobó el “PROGRAMA DE ACCESO A CONECTIVIDAD PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS”, destinándose para su ejecución hasta la suma de PESOS DOS MIL MILLONES ($2.000.000.000.-), provenientes del Fondo Fiduciario del Servicio Universal, previsto en la Ley N° 27.078.
Que por Resolución ENACOM N° 951 de fecha 4 de septiembre de 2020 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones para la presentación de Proyectos financiados a través de Aportes Para Infraestructura, en el marco del “PROGRAMA DE ACCESO A CONECTIVIDAD PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS”, aprobado por la referida Resolución ENACOM N° 738/2020.
Que en el marco del Pliego aprobado por la Resolución ENACOM N° 951/2020, se estableció que se financiarán el CIENTO POR CIENTO (100%) de las Inversiones Financiables del proyecto, bajo la forma de Aporte para Infraestructura, determinando las diversas categorías pasibles de ser consideradas a tal efecto.
Que, con relación a los proponentes, el Pliego prevé la necesaria intervención de un Licenciatario TIC que cuente con registro del servicio de Valor Agregado – Acceso a Internet a los fines de concretar el proyecto.
Que existen, en el sector de los Servicios TIC, un gran número de Licenciatarios con variadas características institucionales, dimensiones y realidades geográficas, y todos ellos son pasibles de llevar adelante los proyectos que se encuadren en el marco del “PROGRAMA DE ACCESO A CONECTIVIDAD PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS” por lo que vale considerarlos, particularmente, con relación a las inversiones que realizarán y los aportes que percibirán provenientes del Fondo del Servicio Universal.
Que, en este...
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