Resolución 117/2021

Fecha de publicación27 Abril 2021
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR


Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2021

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N° 69518886/20 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que, asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que la empresa COMBUSTIBLES NUCLEARES ARGENTINOS S.A. (CONUAR S.A.), solicitó la Renovación de la Licencia de Operación de la instalación Clase I denominada FÁBRICA DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES NUCLEARES (FECN), ubicada en el Centro Atómico Ezeiza, mediante nota de fecha 13 de octubre 2020 (IF-2020-69532760-APN-GSRFYS#ARN).

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA, recomiendan dar curso favorable a la tercera Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación FECN solicitada por CONUAR S.A., por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho...

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