Resolución 116/2020

Fecha de publicación27 Octubre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA


Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-53114780- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados modificada por su similar N° 27.487 y sus normas complementarias, el Decreto N° 133 de fecha 18 de febrero de 1999, la Resolución N° RESOL-2019-138-APN-SECAGYP#MPYT de fecha 25 de julio de 2019 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados modificada por su similar N° 27.487 y sus normas complementarias, el Decreto N° 133 de fecha 18 de febrero de 1999 y sus resoluciones complementarias, se implementó el Régimen de Promoción de Inversiones para Bosques Cultivados.

Que la citada Ley N° 25.080 en su Título V incorpora un Apoyo Económico no Reintegrable a los Bosques Implantados.

Que la mencionada Ley N° 25.080 en sus Artículos 17 y 18, sustituidos, respectivamente, por los Artículos 14 y 15 de su similar modificatoria N° 27.487, establece que dicho apoyo económico no reintegrable consistirá en un monto por hectárea variable por zona, especie y actividad forestal, según lo determine la Autoridad de Aplicación y conforme a escalas de porcentajes en función de los costos de plantación y tratamientos silviculturales.

Que en el Artículo 23 de la mencionada Ley N° 25.080, sustituido por el Artículo 17 de su similar modificatoria N° 27.487, se establece que la Autoridad de Aplicación es la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, siendo éste el organismo competente para determinar los costos de las distintas actividades silviculturales, a los fines de la aplicación y pago del apoyo económico no reintegrable.

Que por la Resolución N° RESOL-2019-138-APN-SECAGYP#MPYT de fecha 25 de julio de 2019 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se aprobaron los costos de implantación y tratamientos silviculturales a los fines del otorgamiento del apoyo económico no reintegrable para los emprendimientos presentados durante el año 2018 y sucesivos y para los emprendimientos plurianuales cuyas etapas se cumplieran desde dicho año.

Que desde la vigencia de la norma citada en el considerando anterior a la fecha, se han...

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