Resolución 115. RESOL-2018-115-APN-SGM#JGM

Fecha de disposición14 Diciembre 2018
Fecha de publicación14 Diciembre 2018
SecciónResoluciones

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 115/2018

RESOL-2018-115-APN-SGM#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2018

VISTO: el Expediente Electrónico EX-2018-48056420-APN-ONC#JGM, el Decreto Nº 1336 de fecha 29 de diciembre de 2016, el Decreto Nº 801, de fecha 5 de septiembre de 2018, las Resoluciones Nº 9 de fecha 6 de enero de 2017, 198 de fecha 19 de abril de 2017, 314 de fecha 27 de junio de 2017 y 315 de fecha 27 de junio de 2017, todas del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1336 de fecha 29 de diciembre de 2016 se aprobó la implementación del Sistema de Gestión Electrónica para las contrataciones de Obra Pública, concesiones de Obra Pública y Servicios Públicos y licencias, "CONTRAT.AR", como medio para efectuar en forma electrónica todos los procedimientos de contratación y seguimiento de la ejecución de los mencionados contratos del Sector Público Nacional, de conformidad con la normativa legal vigente en la materia.

Que asimismo por el citado Decreto se estableció que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN era competente para fijar el cronograma por medio del cual las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, que componen el Sector Público Nacional, debían utilizar el sistema "CONTRAT.AR".

Que, por su parte, por la norma legal aludida se designó al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN como administrador del sistema "CONTRAT.AR", quedando facultado para dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del "CONTRAT.AR".

Que, oportunamente, se dictaron las Resoluciones Nº 9/17, 198/17, 314/17 y 315/17, todas del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través de las cuales se dispuso la implementación obligatoria del sistema "CONTRAT.AR" para las contrataciones de Obra Pública, concesiones de Obra Pública y Servicios Públicos y licencias, en las jurisdicciones y entidades que en las mismas se indican.

Que corresponde, en consecuencia, dar continuidad al cronograma de implementación del aludido sistema.

Que en orden a la competencia del Secretario de Gobierno de Modernización para dictar la presente norma, es preciso destacar que el artículo 1° del Decreto N° 1336/16 señala que "Las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, que componen el...

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