Resolución 115/2019
Fecha de publicación | 04 Julio 2019 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE INDUSTRIA |
Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-46474054- -APN-DGD#MPYT, la Ley N° 24.449 y sus modificaciones, el Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, 247 de fecha 22 de septiembre de 2005 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias, 15 de fecha 31 de enero de 2019 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 28 de la Ley Nº 24.449 y sus modificaciones estableció que todo vehículo que se fabrique en el país o se importe, para poder ser librado al tránsito público, deberá cumplir con las condiciones de seguridad activas y pasivas, de emisión de contaminantes y demás requerimientos, conforme las prestaciones y especificaciones contenidas en los Anexos técnicos de la reglamentación.
Que la mencionada ley estableció que puede darse validez a las homologaciones aprobadas por otros países.
Que, del mismo modo, el Artículo 28 del Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios, prevé en idéntico sentido que la autoridad competente podrá validar total o parcialmente la certificación de modelos o partes efectuadas por otros países.
Que conforme lo establecen las Resoluciones Nros. 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, y 247 de fecha 22 de septiembre de 2005 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, la Dirección Nacional de Industria de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, es la autoridad competente para la emisión de la Licencia para Configuración de Modelo (LCM).
Que el Decreto N° 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, aprobó las Buenas Prácticas en Materia de Simplificación, tendientes a emprender el camino hacia la simplificación de normas de diversos regímenes desde un enfoque integral que fomente la coordinación, consulta y cooperación a fin de satisfacer de manera eficiente los requerimientos del ciudadano.
Que en el ámbito de la UNIÓN EUROPEA, mediante el dictado de Directivas del Consejo y Parlamento Europeo...
VISTO el Expediente N° EX-2019-46474054- -APN-DGD#MPYT, la Ley N° 24.449 y sus modificaciones, el Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, 247 de fecha 22 de septiembre de 2005 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias, 15 de fecha 31 de enero de 2019 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 28 de la Ley Nº 24.449 y sus modificaciones estableció que todo vehículo que se fabrique en el país o se importe, para poder ser librado al tránsito público, deberá cumplir con las condiciones de seguridad activas y pasivas, de emisión de contaminantes y demás requerimientos, conforme las prestaciones y especificaciones contenidas en los Anexos técnicos de la reglamentación.
Que la mencionada ley estableció que puede darse validez a las homologaciones aprobadas por otros países.
Que, del mismo modo, el Artículo 28 del Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios, prevé en idéntico sentido que la autoridad competente podrá validar total o parcialmente la certificación de modelos o partes efectuadas por otros países.
Que conforme lo establecen las Resoluciones Nros. 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, y 247 de fecha 22 de septiembre de 2005 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, la Dirección Nacional de Industria de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, es la autoridad competente para la emisión de la Licencia para Configuración de Modelo (LCM).
Que el Decreto N° 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, aprobó las Buenas Prácticas en Materia de Simplificación, tendientes a emprender el camino hacia la simplificación de normas de diversos regímenes desde un enfoque integral que fomente la coordinación, consulta y cooperación a fin de satisfacer de manera eficiente los requerimientos del ciudadano.
Que en el ámbito de la UNIÓN EUROPEA, mediante el dictado de Directivas del Consejo y Parlamento Europeo...
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