Resolucion 1133

Fecha de disposición27 Agosto 2007
Fecha de publicación27 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31225

Apruébase un convenio de adscripción a la carrera de Locutor Nacional.

Bs. As., 21/8/2007

VISTO, el Expediente Nº 1361-COMFER/06, y CONSIDERANDO:

Que el CENTRO INTEGRAL DE INVESTIGACION, CAPACITACION, ACTUALIZACION Y PERFECCIONAMIENTO, de la ciudad de San Juan, provincia homónima, solicitó celebrar con este COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, un convenio de enseñanza en calidad de adscripto al INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA, a los fines de impartir la carrera de LOCUTOR NACIONAL, de acuerdo a la normativa vigente.

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Que la Resolución Nº 0789-COMFER/02, con el objeto de asegurar la igualdad de oportunidades, amplió la posibilidad de adscripción al INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA a Institutos Educativos Terciarios o Universidades de todo el territorio nacional sin excepción alguna.

Que del expediente mencionado en el Visto, en el Informe Nº 001/ISER/07 de fojas 76/77, surge que el CENTRO INTEGRAL DE INVESTIGACION, CAPACITACION,

ACTUALIZACION Y PERFECCIONAMIENTO, cumple con todos los requisitos previos y cuenta con el trámite de adscripción completo, según lo establecido por la Resolución Nº 0789-COMFER/02 en su Anexo I incisos A) Nivel académico superior e impartir carreras vinculadas al periodismo o comunicación social y B) Planes de estudio, Docentes designados, Equipamiento de Estudios e Informe Institucional.

Que asimismo se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el Anexo I, Inciso C) apartado I de la mencionada Resolución, realizándose una visita al Instituto, según surge del Informe mencionado 'ut supra'.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los arts. 95 y 98 de la Ley 22.285 apartado a) inc. 2 y el art. 2º del Decreto Nº 131, de fecha 4 de junio de 2003.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase el convenio de adscripción a la carrera de Locutor Nacional, del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica con el CENTRO INTEGRAL DE INVESTIGACION, CAPACITACION, ACTUALIZACION Y PERFECCIONAMIENTO, de la ciudad de San Juan, provincia homónima, el que forma parte de la presente como Anexo I.

Art. 2º

Regístrese, Comuníquese, Publíquese, Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Cumplido Archívese (PERMANENTE). -- Julio D. Barbaro.

ANEXO I Entre el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, en adelante COMFER, representado en este acto por su Interventor Lic. Julio D. Barbaro por una parte y por la otra parte el CENTRO INTEGRAL DE INVESTIGACION, CAPACITACION,ACTUALIZACION Y PERFECCIONAMINENTO de la ciudad de San Juan, provincia homónima, en adelante EL ADSCRIPTO, representado por el Lic. Enrique Adrián VILA, en su carácter de Director, se conviene en celebrar el presente CONVENIO DE ENSEÑANZA, conforme a lo previsto en la Resolución Nº 0789/COMFER/02 (BASES PARA LA ADSCRIPCION), el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El ADSCRIPTO impartirá la Carrera de LOCUTOR NACIONAL, de forma independiente a cualquier otra carrera, respetando la totalidad de las asignaturas troncales, complementarias y los contenidos del Plan de Estudio vigente de la carrera del ISER. Asimismo, todo cambio parcial o sustitución total, del mencionado Plan de Estudio, que en el futuro se apruebe, deberá ser implementado como obligación ineludible del ADSCRITO, para el dictado como obligación ineludible, para el dictado de las materias. Se excluye específicamente cualquier forma de educación a distancia o virtual.

SEGUNDA: El ADSCRIPTO designa como responsable académico de la Carrera de Locutor Nacional a la Sra. Eliana Cristina JORQUERA. En caso de ser reemplazado por otro profesional, el ADSCRIPTO lo comunicará al ISER en debida forma.

TERCERA: El ISER podrá supervisar, a través de los procedimientos y evaluaciones periódicas que a su criterio sean necesarias: el desarrollo pedagógico de todas las asignaturas del Plan de Estudio y el desempeño académico institucional de la carrera, a fin de garantizar la excelencia de la enseñanza impartida, relativa a la carrera de LOCUTOR NACIONAL, sin perjuicio de otras supervisiones que el ADSCRIPTO solicite. Asimismo, el ISER verificará los antecedentes curriculares de los profesores de cada una de las materias a dictar, obligándose el ADSCRIPTO a producir las modificaciones expresamente indicadas.

CUARTA: El examen de ingreso para acceder a la carrera de LOCUTOR NACIONAL, a los efectos del presente convenio, será rendido ante un Tribunal Examinador integrado por: UN (1) Profesor del ISER de las asignaturas troncales y DOS (2) Profesores del ADSCRIPTO, de las asignaturas troncales.

QUINTA: El número de vacantes será determinado de común acuerdo entre el ISER y el ADSCRIPTO, basándose en la estimación de la demanda en la zona de influencia, proyección de la matrícula, de las disponibilidades edilicias, de recursos humanos...

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