Resolución 110-E.

Fecha de disposición22 Junio 2017
Fecha de publicación22 Junio 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 110-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2017

VISTO el Expediente Nº 1.742.978/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 02/28 del Expediente de referencia, obran un Convenio Colectivo de Empresa y un Adenda celebrados entre la FEDERACION SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURIFEROS (SUPeH) por la parte sindical, y TELEBIT S.A. por la parte empresaria, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que las partes procedieron, en el Acta obrante a fojas 55, a designar a sus representantes para la integración de la Comisión Negociadora ya, de conformidad con los recaudos legales previstos en la Ley N° 23.546.

Que en atención a que la entidad gremial es de segundo grado, ésta no posee delegados de personal, por lo que corresponde dispensar a la misma del cumplimiento de lo normado por el artículo 17 de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad desarrollada por la parte empleadora firmante, y la entidad...

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