Resolución 11.
Fecha de disposición | 25 Septiembre 2018 |
Fecha de publicación | 25 Septiembre 2018 |
Sección | Resoluciones |
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución 11/2018
Montevideo, 20/09/2018
Norma estableciendo un área de prohibición de pesca de arrastre de fondo en la Zona Común de Pesca, para la protección de peces cartilaginosos
Visto:
La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de peces cartilaginosos mediante el establecimiento de áreas de veda que protejan las concentraciones de reproductores y las áreas de cría en la Zona Común de Pesca.
Resultando:
Las recomendaciones efectuadas por el Grupo de Trabajo Condrictios, que sugieren la adopción de medidas de manejo apropiadas para asegurar la sustentabilidad de este recurso.
Atento:
Lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
) Prohíbese el uso del arte de pesca de arrastre de fondo en el área delimitada por las siguientes referencias geográficas:
-
al Norte, por el paralelo 36°S y su intersección con el Límite Exterior del Río de la Plata;
-
al Sur, por el paralelo 37°S;
-
al Oeste, por el Límite Exterior del mar territorial argentino;
-
al Este, por el meridiano 56°00\u2019W.
) Fíjese la vigencia de la presente resolución desde el 1 de noviembre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2019 inclusive.
) Considérese la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la...
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